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Sala Plena de la Corte Constitucional. | Foto: Colprensa

SALUD

Corte Constitucional revisará fallas estructurales del sistema de salud en Colombia

El Alto Tribunal anunció audiencias públicas para revisar junto con otros organismos las "zonas grises" del sistema que permiten abusos por parte de las EPS.

13 de noviembre de 2018 Por: Colprensa

El próximo 6 de diciembre, la Corte Constitucional presidirá la audiencia pública en razón al seguimiento de la Sentencia T-760 de 2008, en la que se evidenció una serie de fallas estructurales al interior del Sistema General de Seguridad Social en Salud.

De acuerdo con la sentencia, tales fallas obstaculizaban el goce efectivo del derecho fundamental a la salud, por lo que en consecuencia la corporación profirió 16 órdenes generales con tendencia correctiva.

La audiencia tiene como propósito generar un “espacio de diálogo y constructivo”, en el que participarán el Ministerio de Salud, la Superintendencia de Salud y la Procuraduría General de la Nación, que tienen cierta responsabilidad en razón a las órdenes proferidas por el alto alto tribunal.

Además de ello, están citados la Contraloría General de la República, la Defensoría del Pueblo, la Fiscalía General de la Nación, las EPS, IPS, y usuarios del sistema de salud, quienes dejarán al descubierto las anomalías en el sector.

En la sentencia, el tribunal consideró que las principales problemáticas corresponden a “zonas grises en las coberturas del entonces Plan Obligatorio de Salud (POS), de los regímenes contributivo y subsidiado, que servían de justificación para que las Entidades Promotoras de Salud (EPS) negaran servicios incluidos en este”.

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Del mismo modo, evidenciaron diferencias entre los beneficios del plan de los regímenes contributivo y del subsidiado, además de la falta de reglamentación sobre el acceso a los servicios no incluidos, requeridos con necesidad por los usuarios del sistema.

Igualmente, se abordarán temas relacionados con las demoras y obstáculos en el procedimiento de recobros que impedían a las EPS recibir el reembolso por el entonces Fosyga y las entidades territoriales respecto de los dineros cancelados con ocasión de la prestación de servicios no incluidos en el plan.

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