Para la Comisión Interamericana de Derechos Humanos, CIDH, los derechos humanos de la mayoría de los colombianos, no importan. Así se entiende de los comunicados que ha expedido con relación al paro y de la declaración de su presidenta, Antonia Urrejola, quien termina justificando los bloqueos de las vías en el país. Cómo es de fácil opinar desde Washington e interpretar de manera amañada los estándares de la propia CIDH.

Dijo la señora Urrejola, en Blu Radio, que “los bloqueos son un mecanismo de protesta, en la medida en que no se dañe el derecho a la vida y otros derechos fundamentales”. Luego dijo que “se deben garantizar corredores para la distribución ininterrumpida de alimentos y medicinas” y “que deben dejar pasar ambulancias, alimentos, combustibles, vacunas, etc.” Es decir, avala los bloqueos, si cuentan con “corredores humanitarios”.

Esto significa que para la CIDH los derechos de la mayoría de los ciudadanos, no valen. Para el órgano, si hay corredores, están garantizados los derechos fundamentales de las personas. Es decir, siempre y cuando al secuestrado le den una ración diaria de comida, un radio y sus medicinas, todo bien. Migajas de derechos, rogados y a cuenta gotas: eso son los derechos humanos que esa comisión le garantiza a los caleños y colombianos.

Señalan los estándares de la CIDH sobre protesta y derechos humanos “que en algunas ocasiones” la protesta social puede “distorsionar la rutina de funcionamiento cotidiano” y “generar molestias y afectar el ejercicio de otros derechos que merecen protección.” En esa línea, la Presidenta del organismo calificó de “perturbaciones” a los bloqueos que tienen sitiado al Valle, Cauca, Nariño, Putumayo y Huila, entre otros departamentos.

Los bloqueos no son “distorsiones a la rutina”, “molestias” o “perturbaciones”, señores de la CIDH. Lo que ocurre en Colombia es de tal gravedad, que están en jaque el Estado de derecho y los derechos fundamentales de millones de personas; los pilares de la democracia. Por cuenta del “sagrado” derecho a la protesta y sus bloqueos inofensivos, unos pocos, con un objetivo político y a través del chantaje, están destruyendo el país.

Señala la CIDH que solo la ley formal tiene “aptitud para restringir el goce o ejercicio de los derechos reconocidos por la Convención [Americana de Derechos Humanos]”, que “las leyes que establezcan las limitaciones a las protestas sociales deben ser redactadas en los términos más claros y precisos posibles”, y que son legítimas “si buscan la protección de la seguridad nacional, el orden público o la salud o la moral pública”.

Pues bien, el artículo 353A del Código Penal señala que “el que por medios ilícitos incite, dirija, constriña o proporcione los medios para obstaculizar de manera temporal o permanente, selectiva o general, las vías o la infraestructura de transporte de tal manera que atente contra la vida humana, la salud pública, la seguridad alimentaria, el medio ambiente, o el derecho al trabajo, incurrirá en prisión de 24 a 48 meses (…)”.

Más claro, difícil. Los bloqueos, sean permanentes o intermitentes, con o sin “migajas humanitarias”, con las consecuencias señaladas en la ley, no solo son un delito sino, que bajo estándares de la CIDH, tienen un grado de afectación grave. Por eso, es inaceptable e irrespetuoso con los colombianos, la lectura sesgada de la Comisión sobre lo que está ocurriendo y la posición tibia de su Presidenta. Si para la CIDH, los derechos humanos de la mayoría de los ciudadanos son invisibles, como parece, no necesitamos de la CIDH.
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