Las deudas en Colombia pueden llegar a ser impedimento para que las personas puedan adquirir beneficios de entidades financieras o incluso algunos trabajos. No obstante, algunos de estos pasivos pueden llegar a desaparecer con el tiempo.

De acuerdo con la ley colombiana, algunas deudas de tarjetas, adquiridas con autoridades de tránsito o incluso con entidades financieras pueden llegar a ser canceladas a los tres años, pero se requiere un debido proceso que tiene que ser cumplido por las personas.

Comúnmente, las deudas pasan por algunos procesos de cobro. El primero de ellos es el preventivo o persuasivo, en el que se le envían algunos mensajes de recordatorio a los deudores; luego está el administrativo, en donde se puede llegar a reportar a centrales de riesgo; por último, existe el judicial, en el que pueden llegar a suceder algunos embargos.

Las deudas por un canon de arrendamiento pueden llegar prescribir. | Foto: El Nuevo Dia COLPRENSA ©

Normalmente, estas etapas son agotadas antes de que se cumplan los tres años de atraso en el pago de dicha deuda. En dado caso que se supere ese tiempo, el deudor puede solicitar la prescripción de la obligación.

Pasos para solicitar la prescripción:

  • Presentar una solicitud formal ante la entidad o personas con las que se tiene la deuda y las entidades judiciales
  • Suministrar pruebas que acrediten que se cumplió el plazo de tres años de la deuda
  • Acudir a las citas pactadas por el juez, quien a su vez decidirá el futuro del proceso

Cabe recordar que la prescripción de una deuda no significa que se eliminen los reportes en centrales de riesgo, en dado caso que ya existan.

Además, no pagar las deudas a tiempo pueden llegar a afectar el puntaje crediticio de las personas, haciendo que se les dificulte adquirir créditos, cargos públicos, entre otros beneficios.

¿Cuáles son las deudas que pueden prescribir?

De acuerdo con la ley colombiana, algunas de las obligaciones financieras que pueden llegar a dejar de ser cobradas a los tres años son pagos por cuestiones de arrendamiento, pagos de tarjetas de créditos o créditos en general.

Las personas deben presentar en el proceso todas las pruebas de que la deuda superó los tres años. | Foto: Revista Semana

Sin embargo, se puntualizó este plazo de prescripción de tres años no aplica para las obligaciones financieras ante la DIAN o los departamentos de Hacienda, ya que estas podrían desaparecer luego de cinco años.

Es importante recomendar a las personas que todo estos procesos sean realizados por medio de un abogado o abogada, para que así se tenga la certeza que se está cumpliendo con lo estipulado en las leyes colombianas y poder obtener el mayor beneficio del proceso.