Desde el 1 de julio comenzó a regir un nuevo incremento en el recargo por laborar durante domingos y días de descanso obligatorio en Colombia, en el marco de la reforma laboral del gobierno de Gustavo Petro.

La medida indica que la jornada diurna va desde las 6:00 a. m. hasta las 7:00 p. m.; la jornada nocturna irá entre las 7:00 p. m. y las 6:00 a. m. con un recargo por trabajo nocturno del 35%.

Asimismo, el recargo dominical y festivos se pagará al 100 %, pero tendrá una implementación gradual: Desde el 1 de julio de 2025 tuvo un alza del 80 %; para el 1 de julio de 2026 el pago será del 90 % y en la misma fecha en 2027 completará el 100 %.

El viceministro de Trabajo, Iván Jaramillo, detalló en el programa Mañanas Blu lo que implica el ajuste automático del pago y cómo deberán calcular empleadores y trabajadores el nuevo valor de las horas laboradas durante domingos y festivos.

“Desde el 1 de julio, cuando un trabajador o trabajadora labora en días de descanso obligatorio, ya no recibe un recargo del 80 %, sino del 90 %. El otro año, el 1 de julio, vamos a aumentar al 100 %”, resaltó el funcionario, aclarando que dicho proceso no requiere de ningún trámite adicional por parte de las empresas.

Con el salario mínimo vigente de $1.750.000, conforme a cálculos del viceministro, el valor del día corresponde a 58.300 pesos y el de una hora ordinaria es de aproximadamente $7.292. Al aplicar el nuevo recargo del 90 %, equivalente a $6.563, una hora trabajada un domingo o festivo pasa a pagarse en cerca de $13.855.

“Si tú trabajaste una hora, yo te pago 7.292 pesos, pero como era día de descanso obligatorio, le adicionas el recargo y la hora termina costando 13.855 pesos“, señaló el funcionario.

Según cifras del Ministerio de Trabajo, cerca de 962.000 trabajadores se beneficiarán con este incremento, en especial los colombianos vinculados a actividades económicas donde el trabajo durante fines de semana y festivos es habitual.

Es decir, que los sectores con un mayor impacto de incremento para los fines de semana son los servicios de alojamiento, la gastronomía y el transporte.

“Estamos hablando de aproximadamente 962.000 trabajadores y trabajadoras que van a recibir un incremento en los recargos por laborar en días de descanso obligatorio", añadió el viceministro.

Desde julio aumenta el recargo dominical y cambia la jornada laboral en Colombia. | Foto: Colprensa

Cabe destacar que Jaramillo recordó que el nuevo porcentaje del 90 % no reemplaza el pago de las horas extras, ya que ambos conceptos se acumulan cuando corresponda.

En ese sentido, una hora extra diurna trabajada en un día de descanso obligatorio deberá liquidarse sumando el recargo del 90 % más el 25 % correspondiente a la hora extra. Además, si la labor se desarrolla en horario nocturno, se adicionará el recargo del 75 % previsto para ese tipo de jornada.

Otro de los cambios que entrará en vigencia este mes será la reducción de la jornada laboral máxima. Desde el 15 de julio, la semana laboral pasará de 44 a 42 horas, sin afectar el salario de los empleados.

“La jornada la deben distribuir las empresas respetando el máximo de jornada legal de 42 horas semanales. Si se exceden esas 42 horas, ya estamos hablando de trabajo suplementario“, puntualizó.

Con la reforma también cambia el concepto de recargo dominical, que ahora se aplicará al trabajo realizado en cualquier día de descanso obligatorio, incluso si este no corresponde al domingo, siempre que así esté establecido para el trabajador.

Y quienes trabajen ocasionalmente hasta dos días de descanso obligatorio al mes podrán escoger entre recibir el recargo o un día compensatorio. Sin embargo, quienes trabajen tres o más jornadas de descanso tendrán derecho tanto al pago del recargo como al descanso compensatorio.