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Tres exmagistrados, que estuvieron en distintas salas y también ocuparon la Presidencia de la Corte Suprema de Justicia, deberán responder por los señalamientos de supuestos cobros para favorecer a políticos con sus decisiones. | Foto: Colprensa

FARC

Corte Constitucional deja intacto fallo que modificó el 'fast-track'

Se trata de dos apartados del mecanismo, que ya había tumbado la Corte, que le quitaban facultades al Congreso para modificar las leyes de paz que se tramitaran por esta vía.

7 de diciembre de 2017 Por: Colprensa

La Sala Plena de la Corte Constitucional declaró improcedentes las nulidades que se presentaron en contra de la sentencia en la cual modificó las reglas de juego del 'Fast Track' o la vía rápida legislativa.

Se trata de las nulidades que presentó el delegado de las Farc, Seusis Pausias Hernández, conocido como 'Jesús Santrich'; la Comisión Colombiana de Juristas y la Agencia Nacional de Defensa Jurídica del Estado por supuesta violación del derecho al debido proceso.

En la sentencia C-332 de 2017, la Sala Plena de la Corte Constitucional tumbó dos apartes del Acto Legislativo para la Paz en donde se regulaba el ‘fast track’ y que decían que los proyectos de ley de paz solo podrían modificarse con el aval del Gobierno y que debían votarse en bloque.

Lea también: '¿Qué tan 'desvertebrado' quedó el acuerdo de paz tras su paso por el Congreso?'.

La Sala Plena consideró en esa ocasión que estas normas violaban el principio de separación de poderes, en la medida en que las limitaciones a la capacidad deliberativa y decisoria del Congreso.

Este jueves la Sala Plena tumbó la ponencia del magistrado Antonio José Lizarazo que pedía tumbar el fallo y, en cambio, declaró improcedentes las nulidades porque no se cumplían los requisitos necesarios para ello y dejó ese fallo tal y como está.

Además: 'Terminó la vigencia del 'fast track' para aterrizar los acuerdos de La Habana'.

Ahora será la magistrada Gloria Ortiz quien redacte la nueva ponencia para que, en un procedimiento técnico, la Sala vuelva a votar en el sentido que se votó hoy, declarando improcedentes las nulidades.

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