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El martes la plenaria de la Cámara inicia la discusión, en último debate, de la ley estaturia de la JEP, mientras que las comisiones primeras discutirán la ley de somentimiento de las bacrim a la justicia. | Foto: Colprensa

FARC

Terminó la vigencia del 'fast track' para aterrizar los acuerdos de La Habana

Este jueves terminó la vigencia del mecanismo legislativo especial creado para refrendar lo convenido en La Habana.

30 de noviembre de 2017 Por: Colprensa

En medio de sorpresas, críticas y hasta cobros de cuentas por la falta de apoyo a la paz, terminó ayer la vigencia que tuvo por un año el ‘fast track’, mecanismo legislativo especial con el cual el Congreso de la República debía aprobar las leyes fundamentales para implementar los Acuerdos a los que llegaron Gobierno y Farc para terminar el conflicto armado.

El ‘fast track’ se gestó gracias a una reforma constitucional que se aprobó el año anterior en el Congreso, en la cual se determinó que este ayudaría a recortar los tiempos de trámite de los proyectos, tanto de ley como de acto legislativo, en sus diferentes momentos en ambas cámaras.

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Esa agenda inicial la lideró el entonces ministro del Interior Juan Fernando Cristo, quien tramitó, en cuestión de un mes, una de las leyes iniciales que eran clave para que esa guerrilla se desmovilizara: la ley de indulto.

Este beneficio judicial no incorporó a aquellos (entonces guerrilleros) que hayan cometido delitos de lesa humanidad o graves crímenes de guerra, y pasó igualmente una ley de tratamiento diferenciado para los miembros de la Fuerza Pública que hayan cometido delitos en el marco y con ocasión del conflicto armado.

En medio de unas sesiones extras, el Congreso de la República aprobó la creación de la Justicia Especial de Paz, JEP, la cual fue la base jurídica para que se haga todo el procedimiento al que deben someterse tanto los jefes de las Farc, como aquellos exguerrilleros que debían ir allí y también los miembros de la Fuerza Pública o los agentes del Estado que hayan cometido delitos.

En el procedimiento legislativo especial se aprobó igualmente, en ese momento, la presentación de terceros financiadores o promotores de violencia.

Una ley que también pasó en la primera etapa del ‘fast track’ fue la que avaló la participación en el Congreso de la República de seis voceros del movimiento político ‘Voces de Paz’, que representaron en esas corporaciones a las Farc, con voz pero sin voto.

Salió aprobada allí la creación de las Farc como partido y la entrega, por dos periodos legislativos (2018-2022 y 2022-2026), de cinco curules en el Senado y cinco en la Cámara.

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Una reforma constitucional más que salió, vía ‘fast track’, fue la referente a blindar los Acuerdos de Paz, lo que obliga a los próximos tres gobiernos a no tramitar cambios sobre lo convenido por el Gobierno Nacional y la guerrilla en La Habana. En otras palabras, se cerró la puerta a volver trizas dichos acuerdos.

Se aprobó además la ley que establece en el país el Estatuto de la Oposición, que desarrolla derechos que garanticen la plena participación de los partidos minoritarios.

También se ratificó la reforma constitucional que planteaba cambios en el Sistema General de Regalías, con la cual se garantizó el traslado de, al menos, un billón de pesos para la construcción de vías terciarias, a la vez que se garantizaba que haya recursos de forma anual durante los próximos 20 años para financiar la paz.

Una ley más tramitada y aprobada mediante el mecanismo legislativo especial que ayer llegó a su fin fue la que modificó la estructura de la Unidad Nacional de Protección, con el fin de permitir contratar nuevo personal, entre ellos exguerrilleros, para que sirvan en la protección de los jefes de las Farc que requieran esquemas de protección.

Al comenzar el actual periodo hubo una polémica sobre la fecha exacta en la que expiraba el llamado ‘fast track’, pero finalmente se estableció que era el 30 de noviembre.

Segunda etapa

Tras el pronunciamiento de la Corte Constitucional que hizo modificaciones en su procedimiento, en los últimos cuatro meses se tramitó la llamada segunda ola del ‘fast track’.

Entonces logró pasar la reforma constitucional que asegura el monopolio de las armas por parte del Estado y combate a grupos armados ilegales como los paramilitares.

También, y en medio de muchos debates, se aprobó la Ley Estatutaria de la Justicia Especial de Paz, norma que le dio vía libre a la operatividad de la JEP, la cual ya cuenta sus magistrados. Sin embargo, la ley debe ser previamente avalada por la Corte Constitucional para que quede en firme.

Ya en el remate de la legislatura del ‘fast track’, esta semana, se dieron los principales reveses. Por un lado, el miércoles el Senado hundió la reforma política, proyecto de enmienda constitucional que se había radicado desde mayo, pero que se fue modificando y terminó disgustando a muchos sectores.

Por último, en un limbo jurídico quedó en el último día la reforma constitucional que creaba las 16 circunscripciones de paz, debido a que, pese a que fue aprobada en la Cámara, su conciliación en el Senado tuvo problemas.

De igual forma, ayer se aprobó la ley del Sistema de Innovación Agropecuaria, la cual igualmente hace parte de los Acuerdos de Paz en el tema agrícola, pero se quedó en el camino (aprobada en comisiones), la ley del sistema de adecuación de tierras.

Se hundieron también en el marco del ‘fast track’ los proyectos de la adjudicación de baldíos, la Ley del Sistema Nacional Catastral Multipropósito, el proyecto que buscaba reformar la ley de garantías en época electoral, la ley que buscaba dar un tratamiento jurídico especial a los pequeños cultivadores y la que daba un marco especial de sometimiento a las bandas criminales.

Hoy, el Gobierno Nacional presentará un balance de esta figura del ‘fast track’ y espera definir cuáles proyectos llevará la otra semana al Congreso, bajo la figura del mensaje de urgencia, esperando que sean aprobados antes de finalizar el año.

En su momento, la Corte consideró que el ‘fast track’ violaba el principio de separación de poderes, en la medida en que las limitaciones a la capacidad deliberativa y decisoria del Congreso resultaban incompatibles con dicho principio.

El fallo de la Corte

El 17 de mayo pasado, la Sala Plena de la Corte Constitucional ‘tumbó’ dos apartes de la vía rápida legislativa o ‘fast track’ que se había aprobado para tramitar de manera expedita las normas necesarias para implementar el Acuerdo de Paz alcanzado con las Farc.

Uno de ellos fue el numeral ‘h’, que decía literalmente que “los proyectos de ley y de acto legislativo solo podrán tener modificaciones siempre que se ajusten al contenido del Acuerdo Final y que cuenten con el aval previo del Gobierno Nacional”.

El otro era el numeral ‘j’ del mismo artículo, que dice: “En la Comisión y en las plenarias se decidirá sobre la totalidad de cada proyecto, con las modificaciones avaladas por el Gobierno Nacional, en una sola votación”. Es decir, esta disposición señalaba que las votaciones tenían que hacerse en bloque.

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