Política
Reforma laboral: aplazada radicación de la ponencia en el Congreso, estas son las razones
Existe una preocupación en el Congreso de la República por los tiempos para llevar a cabo su discusión.
María Fernanda Carrascal, coordinadora ponente de la reforma laboral en la Cámara de Representantes, radicará este martes 16 de mayo la ponencia del texto a debatir, el cual será discutido por primera vez en la Comisión Séptima de la corporación.
La ponencia iba a ser radicada a las 7 de la mañana, pero a última hora se decidió que sería a las 2 de la tarde. La principal razón para tomar la decisión es que habrá una última reunión de la ministra del Trabajo, Gloria Inés Ramírez, con todos los ponentes antes de presentar el artículo para ser discutida con los congresistas.
Otro de los propósitos de la reunión será concertar con todas las bancadas y saber en concreto los apoyos que tendrán, con el objetivo de prevenir que el proyecto no vaya a sufrir percances en medio de la discusión.
Cabe mencionar que la jefe de cartera días atrás manifestó que se han tenido las reuniones suficientes e iniciado su dinámica con las diferentes audiencias públicas.
“Hemos tenido las reuniones suficientes con los ponentes en el Congreso y se ha iniciado su dinámica con las diferentes audiencias públicas, muy representativas y participativas, donde los congresistas están preparando la ponencia que será radica la próxima semana en materia de reforma laboral”, aseveró Ramírez.
El texto incluye 79 artículos, de los cuales hay 76 que ya estaban incluidos en el documento que presentó el Gobierno nacional. En total se acordaron 39, 38 quedaron abiertos y 2 con acuerdo parcial.
En el texto final se recoge el proceso de construcción de las propuestas, donde destacan temas con el pago de horas extras, contratos de prestación de servicios, definición de jornada diurna y nocturna, indemnizaciones más onerosas para desestimular los despidos en las empresas, entre muchas otras.
La ministra ha manifestado en más de una ocasión que la reforma no está hecha para promover la generación de empleo, sino para mejorar las condiciones de los empleados. Ramírez enfatizó que para promover la generación de empleo y animar a los empresarios en Colombia se encuentra el Plan Nacional de Desarrollo, el cual se encuentra en trámite en el Congreso de la República.
En ese orden de ideas, en la ponencia se mantiene que las horas extras comiencen desde las 6 de la tarde, hora en la que termina la jornada diurna. De acuerdo con la ministra, al ser remunerada una hora de trabajo habitual, en 4.700 pesos, y una nocturna en 6.700 pesos, los colombianos habían perdido muchos recursos desde que se aplicaron medidas que extendieron el día laboral hasta las 9 de la noche.
Por otro lado, en el proyecto original venía un pago al trabajador, despedido con causa injustificada, de 45 días de salario adicionales, si llevaba un año de trabajo. En caso en que hubiera estado vinculado más de un año le reconocían 45 días adicionales de salario, sobre los 45 básicos del literal a (es decir, los del primer año), “por cada uno de los años de servicio subsiguientes al primero, y proporcionalmente por fracción”.
No obstante, existe cierta preocupación en el Capitolio, debido a los tiempos, ya que se esperaba que esta misma semana se iniciara el debate; sin embargo, no será posible porque la Comisión Séptima de la Cámara no ha logrado avanzar en el debate de la reforma a la salud, la cual sigue con su debate este mismo martes.
Además de Carrascal, los demás ponentes de la reforma laboral son: Héctor Chaparro (Partido Liberal), Camilo Londoño (Alianza Verde), Karen López (Curul de paz) y Germán Gómez (Comunes).
Puntos más álgidos del borrador de la reforma laboral
Dominicales: en la nueva redacción quedó contemplado que “el trabajo en día de descanso obligatorio o días de fiesta se remunera con un recargo del ciento (100 %) sobre el salario ordinario en proporción a las horas laboradas, sin perjuicio del salario ordinario a que tenga derecho el trabajador por haber laborado la semana completa”.
Contratos de prestación de servicio: la restricción a los contratos a término fijo, que en ocasiones requieren los empleadores, pues las actividades que realizarán los contratados solo son temporales. En el proyecto original se establecía que podrían celebrarse, hasta por dos años, y ahora, con el nuevo borrado, sería hasta 3 años.