Política
Gobierno de Nicaragua niega extradición de Carlos Ramón González, prófugo por escándalo de la Ungrd
La decisión garantiza, por ahora, que González continúe refugiado en ese país bajo la figura de asilo político.
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20 de ago de 2025, 10:46 p. m.
Actualizado el 20 de ago de 2025, 11:53 p. m.
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Este miércoles, 20 de agosto, se dio a conocer que el exdirector del Departamento Administrativo de la Presidencia (Dapre), Carlos Ramón González, requerido por las autoridades nacionales, no regresará a Colombia para rendir cuentas ante la justicia.
Según reveló Semana, el gobierno de Daniel Ortega desestimó la solicitud de extradición elevada por el presidente Gustavo Petro, y decidió mantenerle el asilo político al exfuncionario en Nicaragua, a pesar de los señalamientos en su contra.

En la misiva, enviada por el Ministerio de Relaciones Exteriores de Nicaragua a Colombia, el gabinete explicó las razones. “El Ministerio saluda cordialmente al Ministerio de Relaciones Exteriores en Colombia, en ocasión de referirse a la solicitud de asilo político del señor Carlos Ramón González”, comenzó por decir el comunicado.
Seguidamente, respondió: “Al respeto se hace del reconocimiento que Carlos Ramón González Merchán, de conformidad a la resolución ministerial N. 001-2025 de este ministerio, le fue otorgado asilo político, con base en la Constitución Política de la República de Nicaragua, convenios e instrumentos internacionales en materia de derechos humanos y asilo político”.

Más adelante, en el documento, la cartera expuso los motivos por los que sigue concediendo la residencia a Carlos Ramón González, a pesar de su impronta judicial en Colombia. “Asímismo, es aplicable la Convención Americana sobre Derechos Humanos, la cual señala en su Artículo 20, numeral 7, que toda persona tiene el derecho de buscar y recibir asilo en territorio extranjero en caso de persecución por delitos políticos o comunes con los políticos y, de acuerdo, con la legislación de cada Estado y los convenios internacionales”.
Finalmente, el documento menciona que, “el numeral 8 del artículo antes citado expresa que, en ningún caso, el extranjero puede ser expulsado o devuelto a otro país, sea o no de origen, donde su derecho a la vida o a la libertad personal, está en riesgo de violación a causa de raza, nacionalidad, religión, condición social o de sus opiniones políticas”.

Cabe recordar que González se encuentra imputado en Colombia por los delitos de cohecho, lavado de activos y peculado por apropiación, sin cumplir, hasta ahora, con su requerimiento judicial. Sobre él, pesa actualmente una circular roja de Interpol.
El funcionario habría salido del país desde el pasado 5 de noviembre de 2024, fecha en la que llegó a Nicaragua, y donde le fue otorgada una cédula de residencia con vigencia hasta junio de 2025, la cual, según algunos documentos oficiales, fue renovada nuevamente por solicitud de la Embajada de Colombia en dicho país.

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