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La JEP falló

“La justicia es maravillosa, pero la justicia absoluta puede ser la más absoluta de las injusticias”.

5 de marzo de 2020 Por: Diego Martínez Lloreda

“La justicia es maravillosa, pero la justicia absoluta puede ser la más absoluta de las injusticias”.

Esta sabia reflexión, que hizo el escritor español Javier Cercas en reciente entrevista, cae como anillo al dedo para explicar por qué existe la Jurisdicción Especial de Paz, más conocida como JEP.

Siempre pensé, y lo sigo pensando, que era imposible convencer a los jefes de las Farc de que se desmovilizarán e hicieran la paz, si a cambio el Estado les ofrecía 50 años de cárcel.

Entonces, para que estos señores abandonaran las armas había que tragarse el sapo de que pagaran penas mucho menores de las que les corresponderían por los atroces crímenes que cometieron. Mejor dicho, a cambio de que esta gente abandonara la lucha armada, el Estado debía abandonar la pretensión de aplicarles la “justicia absoluta” de la que habla Cercas.

Para aplicar esa justicia relativa se creó la Jurisdicción Especial de Paz, que por estos días cumple dos años.

A decir verdad, por el momento, la labor cumplida por ese tribunal deja mucho que desear. Para comenzar, aún no ha emitido la primera condena ni está cerca de hacerlo. Y, lo que es aún más grave, la JEP se ha convertido en la vía de escape que bandidos de todos los pelambres están buscando para eludir las penas que les impuso la justicia. Y, en algunos casos, lo han logrado.

Desde la conformación misma de ese tribunal hubo dudas sobre su imparcialidad, pues muchos conocedores del tema consideraron que tenía un sesgo ideológico que los podría llevar a ser muy tolerantes con los exguerrilleros y muy severos con los militares.

Fallos como el que profirió en relación al ataque que perpetraron las Farc a la Escuela Superior de Guerra, en el 2006, le dan la razón a quienes dudan de la imparcialidad de la JEP.

Para la Jurisdicción, dicho atentado fue un acto de guerra que se enmarcó en el Derecho Internacional Humanitario (DIH), ya que consideró a ese centro académico como un objetivo militar válido. Como consecuencia de esa visión, la JEP opina que esa acción podría ser amnistiable, además de que les quitó la calidad de víctimas a los 14 militares que resultaron heridos en ese hecho.

Al margen de que esa Escuela pueda considerarse o no una guarnición militar y por lo tanto un objetivo de guerra legítimo, el ataque se perpetró con un carrobomba que no es una arma convencional y por lo tanto no puede enmarcarse dentro del Derecho Internacional Humanitario.

Además, un carrobomba produce un daño indiscriminado, por lo cual su estallido puede afectar objetivos militares pero también civiles, lo que el DIH condena expresamente.

Aquí y en cualquier parte del mundo un ataque con carrobomba es considerado un ataque terrorista, independientemente de cual sea su objetivo. Además, dentro de las instalaciones de la Escuela Superior de Guerra funciona la Universidad Nueva Granada, a la que acuden tanto civiles como militares. Resulta, entonces, inexplicable la calificación que la JEP le da a este ataque atroz. Y marca un precedente muy grave frente a otros hechos que en el futuro deberá analizar esta jurisdicción.

Entiendo que para aplicar la llamada justicia restaurativa debe existir un tribunal especializado.

Pero los colombianos esperamos que los fallos que emita ese tribunal se ajusten a la realidad del conflicto que vivimos y que no pretendan crear una nueva realidad en la que los verdaderos victimarios terminen siendo las víctimas y viceversa.

Sigue en Twitter @dimartillo

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