Colombia

Contraloría alerta sobre vacíos en proyecto de decreto que fija precios para la vivienda VIS

La entidad explicó que la modificación estructural afecta a más de la mitad del mercado inmobiliario.

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La Vivienda de Interés Social (VIS) en Colombia es una solución habitacional diseñada para familias de ingresos bajos o medios. | Foto: Colprensa

6 de mar de 2026, 10:35 p. m.

Actualizado el 6 de mar de 2026, 10:35 p. m.

La Contraloría General de la República instaló una mesa técnica con los ministerios de Vivienda y Comercio y la Superintendencia de Industria y Comercio para evaluar el impacto del proyecto de decreto gubernamental que propone desligar el costo de las viviendas de interés social y prioritario del salario mínimo para fijarlo en pesos.

Esta medida transformaría la dinámica de un sector clave para el país frente a la falta de directrices para los negocios inmobiliarios estructurados con anterioridad a la alza salarial del año 2026.

Durante el encuentro, la Delegada de Vivienda del ente de control analizó la política pública vigente y examinó los efectos que traería la nueva normativa sobre los compradores y las empresas constructoras. La entidad explicó que la propuesta oficial busca “desligar el precio de las viviendas VIS y VIP del salario mínimo y fijarlo directamente en pesos”.

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La Vivienda de Interés Social (VIS) tiene el objetivo es facilitar el acceso a la propiedad con subsidios gubernamentales y de cajas de compensación. | Foto: Prodesa

El organismo fiscalizador precisó que esta modificación estructural afecta a “más de la mitad del mercado inmobiliario”, tras recordar que anualmente se venden “más de 100 mil viviendas de interés social” en todo el territorio nacional.

Incertidumbre en negocios previos

A pesar de la magnitud de la iniciativa, la Contraloría General señaló que existen “preocupaciones persistentes” frente a la viabilidad jurídica y financiera de los proyectos habitacionales que ya se encuentran en marcha.

La principal alerta institucional recae sobre el vacío normativo para aquellos contratos de compraventa que ya fueron pactados y “fijados en salarios mínimos”, un escenario que genera inestabilidad económica. La entidad advirtió que, frente a estos casos específicos, “no se tiene una ruta clara por parte del Gobierno Nacional” para reglamentar la transición y proteger los recursos de las familias involucradas.

Ante los riesgos identificados durante la mesa técnica conjunta, el órgano de control concluyó que mantendrá un “seguimiento periódicamente al desarrollo de este proyecto de decreto”, al ratificar que sus determinaciones tienen un efecto que “impacta directamente sobre la población colombiana”.

Cobro de vivienda VIS en pesos

Para evitar que el precio de las casas suba de forma sorpresiva y asegurar que a las familias les alcance el dinero pactado para pagar su vivienda, el Ministerio de Vivienda publicó en enero el entonces borrador de decreto que ordenó cobrar las VIS en pesos y prohibió que su valor aumente cada año según el salario mínimo.

La norma buscaba acabar con la incertidumbre de los compradores, quienes muchas veces ven cómo la deuda crece mientras se construye el proyecto. El documento señaló que, desde el momento en que la persona separa el inmueble, la constructora “deberá establecer de manera expresa, clara y verificable el precio total de la vivienda en pesos colombianos”, monto que será el único a pagar hasta recibir las llaves.

Vivienda de Interés Social (VIS). Es aquella que se desarrolla para garantizar el derecho a la vivienda de los hogares de menores ingresos. | Foto: Diana Rey

El Ministerio explicó en el texto que el objetivo es frenar los aumentos automáticos. El decreto indicó que “en ningún caso dicho precio podrá quedar sujeto a mecanismos de indexación automática”, es decir, que el valor de la casa no podrá subir solo porque el Gobierno decrete un aumento del salario mínimo mensual.

Uno de los puntos más fuertes del entonces borrador se enfocó en castigar las trampas para cobrar más. La entidad advirtió que no fijar el precio en pesos desde el principio se considerará una “práctica abusiva” y atacó directamente las demoras que usan algunas empresas para ganar tiempo y dinero.

El texto detalló que será ilegal la “dilación injustificada” o demora sin razón en la firma de las escrituras cuando el fin sea “trasladar al consumidor incrementos derivados del aumento del salario mínimo”.

Además, la normativa prohibió poner condiciones en los contratos que sean injustas para el comprador. El documento aclaró que si la fecha de entrega cambia por razones ajenas al vendedor, esto se debe justificar, pero enfatizó que “en ningún caso dicha modificación autoriza el aumento del precio”.

Aunque la regla general ordenó congelar el precio en pesos, el Ministerio dejó una puerta abierta solo para casos extremos relacionados con los materiales. El borrador especificó que “solo podrán realizarse ajustes al precio” cuando suban los costos de los insumos de construcción por motivos extraordinarios, lo cual tendrá que demostrarse con las cifras oficiales del DANE.

Finalmente, frente a los negocios que ya empezaron, el Gobierno aclaró que podrán terminar con las reglas anteriores si ya están consolidados, pero advirtió que al momento de firmar la escritura final, el precio “no se puede indexar” ni subir nuevamente.

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