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Caso Andrea Burgos: la advertencia sobre condenas sin aviso ni defensa que podrían afectar a cualquier colombiano
El caso de Burgos, cuya sentencia de diez años fue anulada por la Corte Constitucional, expone las fallas del aparato judicial colombiano, en el que una persona puede ser condenada sin una defensa real. Expertos advierten que no se trata de un hecho aislado.
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3 de may de 2026, 09:25 p. m.
Actualizado el 3 de may de 2026, 09:25 p. m.
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Andrea Burgos, influencer y mujer trans afrodescendiente, se enteró de que había sido condenada a casi diez años de prisión cuando ya era demasiado tarde. No fue en un juzgado ni frente a un juez ni acompañada de un abogado. Fue en un retén policial, mientras se movilizaba por el país. Allí, sin previo aviso, le informaron que tenía una orden en su contra. Hasta ese momento, asegura, no sabía que había sido procesada.
“Yo no entendía nada. Nunca me notificaron, nunca me llamaron, nunca me dijeron que tenía un proceso”, cuenta hoy, tras recuperar su libertad.
Su caso, que terminó con la anulación de la condena por parte de la Corte Constitucional, no solo revela una cadena de irregularidades judiciales. También pone en evidencia un fenómeno más amplio y menos visible: procesos que avanzan sin garantías reales y que terminan en condenas aparentemente legales, pero construidas sobre fallas estructurales.
El expediente contra Burgos se remonta a 2018, cuando fue detenida en Buenaventura, en un procedimiento policial en el que se le vinculó a la supuesta posesión de un arma de fuego.
Según su versión, ese día no portaba ningún arma y fue víctima de agresiones físicas y verbales por uniformados. “Me humillaron. Hubo racismo, hubo maltrato”, dijo e incluso relató que uno de los policías le dijo explícitamente: “Con usted me gano un permiso”.
A partir de ese momento, el proceso judicial siguió su curso, pero lo hizo sin ella. Durante años no fue notificada de audiencias, cargos ni decisiones. No tuvo oportunidad de comparecer, de conocer las pruebas en su contra ni de ejercer su derecho a la defensa. Cuando finalmente fue capturada en enero de 2025, la condena ya estaba en firme.
Para su abogado, Ali Bantú, miembro del Colectivo Justicia Racial, este es el puntó más grave del caso: “Estamos frente a un defecto procedimental absoluto. Se vulneró el derecho a la defensa, porque nunca se garantizó que ella conociera el proceso”.

La Corte coincidió con esa lectura. En su decisión concluyó que las fallas en la notificación y en el desarrollo del proceso eran suficientes para invalidar la sentencia.
Aunque en los registros judiciales Burgos contaba con un defensor público, la realidad fue que no tuvo contacto con él ni una estrategia clara de defensa. Este tipo de situaciones, advierten penalistas, no son excepcionales.
El abogado Francisco Bernate sostiene que existe una confusión frecuente entre la presencia formal de un abogado y la existencia de una defensa real. “La jurisprudencia colombiana ha señalado que, en la medida en que haya un abogado, se está garantizando el derecho a la defensa, y eso no es así”, advierte, al referirse a situaciones en las que existe una defensa formal, pero no efectiva.
Agrega que existen numerosos casos que continúan sin la presencia del acusado y con defensas públicas que terminan actuando “a espaldas de la persona”. En esos casos, el proceso cumple con los requisitos legales en el papel, pero falla en lo esencial: garantizar que la persona pueda defenderse. “Eso explica esa situación tan terrible para los ciudadanos, que desafortunadamente es de muchísima frecuencia”, señala.
Dichas características u omisiones en procesos judiciales como el de Andrea Burgos son descritas como “falsos positivos judiciales”, un término que se usa para señalar casos en los que se producen condenas con apariencia de legalidad, pero sin garantías reales de debido proceso.
Se trata de decisiones que cumplen con los requisitos formales, pero que en el fondo están atravesadas por fallas estructurales: ausencia de defensa, debilidades probatorias, errores en la notificación o actuaciones adelantadas sin la participación del acusado.
El abogado Bernate asegura que estos casos no necesariamente responden a un solo error, sino a una cadena de fallas dentro del sistema.
Desde su perspectiva, uno de los principales problemas es que el sistema valida procedimientos por su forma, sin entrar a verificar si realmente se están garantizando los derechos del procesado.
Para Ali Bantú, el caso de Andrea Burgos encaja precisamente en esa categoría: “Los falsos positivos judiciales son el resultado de un engranaje donde el sistema penal opera bajo una presunción de culpabilidad basada en el origen, la clase social, el color de piel y el género”.
¿Cómo es posible una condena sin el acusado?
El sistema penal colombiano permite que los procesos penales avancen incluso sin la presencia del acusado, en determinadas circunstancias bajo figuras como la declaración de la persona ausente o contumacia, para evitar que los casos se paralicen. Sin embargo, su aplicación exige condiciones estrictas, especialmente en materia de notificación.
Un funcionario de la Fiscalía, bajo la condición del anonimato, explica que existen varios filtros institucionales para evitar irregularidades: el control del fiscal, la supervisión de los jueces y los mecanismos de revisión. Pero reconoce que, en la práctica, esos controles no siempre funcionan como deberían.
“Hay un sistema diseñado para evitar errores, pero en algunos casos esas fallas se presentan y los procesos avanzan sin que la persona realmente esté enterada”, admite.

Desde la perspectiva de Ali Bantú, el problema comienza incluso antes de llegar a los juzgados. “El primer relato lo construye la Policía y muchas veces esa narrativa inicial se convierte en la verdad procesal”, afirma.
El abogado señala que existe un fenómeno de perfilamiento racial y social que afecta especialmente a personas afrodescendientes, habitantes de barrios populares y miembros de la comunidad Lgbtiq+.
Según explica, una vez el informe policial entra al sistema judicial, fiscales y jueces tienden a validarlo sin un control suficientemente riguroso. “Hay una fe ciega en la narrativa oficial”, advierte.
Francisco Bernate coincide en que las presiones institucionales terminan influyendo en el avance de los procesos: “Hay presiones para que los procesos avancen en términos de estadística y no de justicia”.
En Colombia, agrega, la congestión judicial y la alta carga laboral generan un incentivo permanente hacia la productividad procesal: más capturas, más imputaciones y más condenas.
El propio funcionario de la Fiscalía reconoce que, durante años, algunos indicadores internos evaluaban a fiscales por número de capturas, medidas de aseguramiento o condenas obtenidas.
“Eso hace mucho daño porque pareciera que la labor fuera solo capturar y condenar. Pero la función de la Fiscalía no es únicamente esa: también implica llevar a cabo investigaciones rigurosas, enjuiciar a quien realmente lo amerite y, cuando no, solicitar libertades, preclusiones o el archivo de las diligencias. Es decir, no es una sola tarea, sino varias responsabilidades” explica la fuente protegida.

La sobrecarga institucional aparece como otro de los factores que explican este tipo de casos. El abogado penalista Óscar Lizarazo considera que muchas fallas surgen desde la etapa investigativa, debido a la congestión de despachos y a la falta de personal investigador.
“Hay fiscales que pueden tener más de mil casos a cargo y un solo investigador para varios despachos”, señala.
Esa presión, según anota, puede derivar en investigaciones poco rigurosas, audiencias adelantadas sin suficiente verificación y defensas públicas limitadas por falta de tiempo y recursos.
En el caso de Andrea Burgos, por ejemplo, la Corte Constitucional concluyó que existió una defensa técnica insuficiente. “No hubo contacto con la procesada, no hubo una estrategia integral y las actuaciones fueron parciales”, explica Bantú.
La situación, según expertos, se agrava especialmente entre personas en condición de vulnerabilidad económica, racial o social. “Quien no tiene recursos para pagar una defensa privada queda prácticamente indefenso frente al aparato estatal”, enfatiza.
Un fenómeno difícil de medir
Hasta ahora no existen cifras oficiales que permitan establecer cuántos casos similares al de Andrea Burgos ocurren en Colombia. Tampoco hay un registro estatal bajo la categoría de “falsos positivos judiciales”.
Sin embargo, abogados consultados coinciden en que se trata de un fenómeno más frecuente de lo que reflejan las estadísticas judiciales.
Bernate sostiene que muchos ciudadanos descubren que tienen procesos o condenas pendientes únicamente cuando son capturados en retenes o incluso cuando acuden a votar.
“Lo vemos todos los años electorales, cuando vemos que personas van a sufragar y son capturadas en un centro de votación y no tienen la más mínima idea de por qué o qué sucedió, nunca se pudieron defender”, afirma.
A eso se suma otro elemento: no todas las personas cuentan con organizaciones, abogados o recursos que permitan revisar sus expedientes y llevar los casos hasta instancias constitucionales. “Una persona que es investigada por el sistema de justicia, que no cuente con los recursos suficientes para pagar una defensa técnica, prácticamente los policías... terminan siendo quienes condenan en conjunto con jueces y fiscales a los ciudadanos”, subraya Bantú.
Es relevante traer a colación que los falsos positivos judiciales no solo perjudican vidas y proyectos, como el de Burgos, cuya imagen como creadora de contenido se vio gravemente afectada, sino que representan un alto costo para el Estado.
Según cifras del Consejo de Estado y análisis del Centro de Estudios de Justicia de las Américas, las demandas contra el Estado por privaciones injustas de la libertad y errores judiciales han generado millonarias condenas contra la Nación en los últimos años.

Cada condena revocada, cada detención arbitraria y cada proceso irregular puede traducirse luego en indemnizaciones pagadas con recursos públicos.
Estadísticas recopiladas por la Agencia Nacional de Defensa Jurídica del Estado muestran que las demandas por privación injusta de la libertad acumulaban cerca de $ 37,9 billones en pretensiones hasta 2020, dentro de más de 26.000 procesos contra la Nación, convirtiéndose en una de las causas más costosas para el Estado colombiano.
Pese a ello, Ali Bantú asegura que el costo más grave es la pérdida de confianza ciudadana en la justicia. “El mensaje que queda es que la justicia es un privilegio de pocos y no un derecho universal”, sostiene, reiterando que el error judicial, lejos de ser una excepción, es un problema sistémico con consecuencias devastadoras.
Andrea Burgos recuperó su hogar y a su familia, pero el estigma de haber sido tachada como delincuente y prófuga persiste en su memoria y en su imagen pública. Para ella, la libertad no ha significado el fin del proceso, sino el inicio de una batalla contra las secuelas psicológicas y un miedo persistente que se activa con solo ver un uniformado en la calle.
“Me da mucho miedo... yo decía: ¿será que me vuelven a hacer lo mismo?”, confiesa quien hoy siente que su tranquilidad fue arrebatada por una institución que debía protegerla.
Al final de su relato queda la amargura de una injusticia que marcó su vida: “La verdad, fue un falso positivo... No tenían que condenarme de esa forma”.

Comunicadora social y periodista, egresada de la Universidad Santiago de Cali, con diplomado en Derechos Humanos. Apasionada por contar y transmitir historias, con interés en cubrir temas políticos, sociales y judiciales.
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