Economía
Pensión en Colpensiones 2026: así se calcula el pago mensual según la tasa de reemplazo
El valor de esta tasa se calcula a partir del promedio de los ingresos sobre los que cotizó.
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9 de jun de 2026, 03:28 p. m.
Actualizado el 9 de jun de 2026, 03:28 p. m.
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En medio de los ajustes que se han implementado para la cotización de la pensión, Colpensiones entregó detalles sobre el funcionamiento de la tasa de reemplazo, uno de los factores fundamentales para establecer el valor de la mesada pensional de quienes se jubilan en el Régimen de Prima Media con Prestación Definida.
La entidad señaló que la tasa de reemplazo corresponde al porcentaje del Ingreso Base de Liquidación (IBL) que se reconoce como pensión.
En términos prácticos, representa la proporción del salario que es sustituida por la mesada una vez el trabajador accede a la jubilación.
Cabe recordar que para calcular este factor se tienen en cuenta requisitos como la edad mínima de pensión (57 años para las mujeres y 62 para los hombres), además del cumplimiento de las 1.300 semanas de cotización exigidas por la normativa vigente.
De igual forma, el IBL, que está definido según la Ley 100 de 1993, parte del promedio de los salarios o ingresos sobre los cuales cotizó el afiliado durante los últimos 10 años antes del reconocimiento de la pensión, ajustados con base en la variación del Índice de Precios al Consumidor (IPC) certificada por el Dane.
No obstante, la legislación permite que quienes hayan acumulado al menos 1.250 semanas puedan escoger el promedio de toda su vida laboral, siempre y cuando este resulte más favorable que el cálculo de los últimos diez años.

De acuerdo con Colpensiones, para quienes cumplen únicamente el mínimo de semanas exigidas, la pensión puede ubicarse entre el 55 % y el 65 % del IBL.
Es decir, que el porcentaje disminuye progresivamente a medida que aumenta el nivel de ingresos del afiliado; a mayor ganancia (medida en salarios mínimos), menor es la tasa de reemplazo inicial.
La entidad recordó que los trabajadores pueden incrementar su tasa de reemplazo mediante la acumulación de semanas adicionales. Desde 2005, por cada 50 semanas cotizadas por encima de las 1.300 obligatorias, la tasa aumenta en 1,5 puntos porcentuales.
Pero también existen ciertos límites que deben conocer los cotizantes; entre ellos resalta el monto de la pensión, puesto que este no puede superar el 80 % del Ingreso Base de Liquidación, y tampoco podrá ser inferior al salario mínimo legal vigente.

Finalmente, respecto a la reliquidación pensional, esta se aplica cuando se identifican omisiones en semanas cotizadas, hay inconsistencias en la historia laboral, existe una aplicación incorrecta de la tasa de reemplazo o cuando hay existencia de un número significativo de semanas adicionales no reflejadas adecuadamente.

Comunicadora social con experiencia en comunicación organizacional, creación de contenido digital y redacción periodística y corporativa.
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