Economía
Embargo del sueldo en Colombia: ¿es necesario que le notifiquen? Estos son los límites
La normatividad permite que un sueldo sea embargado en caso de deudas, excepto cuando es un salario mínimo.
Siga a EL PAÍS en Google Discover y no se pierda las últimas noticias

16 de may de 2026, 06:19 p. m.
Actualizado el 16 de may de 2026, 06:19 p. m.
Noticias Destacadas
Un embargo se entiende como un acto procesal, de orden judicial, que algunas entidades estatales como la DIAN, ICBF y el Ministerio de Hacienda, o las Secretarías de Hacienda a los deudores de impuestos, puede aplicar a personas naturales o jurídicas para disponer de bienes o dinero con el propósito de subsanar deudas o compromisos financieros.
El embargo es una medida cautelar, por eso, solo puede ser autorizado mediante un juez a quien llega la solicitud de un acreedor para que proceda y garantice que sean pagadas sus deudas.

También aplica para quienes no responden por las cuotas alimentarias de sus hijos, puesto que las madres de estos pueden adelantar denuncias por incumplimiento.
En este sentido, la medida cautelar de un embargo de sueldo puede proceder sin que sea notificado el deudor, puesto que se busca actuar con rapidez antes de que quien tiene la obligación disponga del dinero.
La ley en Colombia que regula este procedimiento es la 1564 del 2012, “por medio de la cual se expide el Código General del Proceso y se dictan otras disposiciones”.

En el caso de los embargos a sueldos, en particular los de entidades financieras, establece que todos son susceptibles de aplicar esta medida cautelar desde el 20 % hasta en un 50 % del salario, excepto a las personas que ganen un salario mínimo.
No obstante, cuando los embargos proceden por cuotas alimentarias para hijos, es permitido embargar un salario mínimo, aunque esta medida es excepcional. En estos casos, el juez evalúa las necesidades de los hijos y las condiciones del padre para determinar el porcentaje a embargar de su sueldo.
Vale recordar que como medida cautelar el juez no está en la obligación de notificar, de hecho, la orden de embargo va directamente al empleador para que desde su área de tesorería impongan el descuento desde la nómina de pagos, de tal forma que la persona termina por enterarse cuando revisa cuenta y nota que no recibió completo el sueldo, o cuando revisa el desprendible de pago.

Además, después de aplicarse el embargo, en algunos casos los afectados reciben en sus correos electrónicos o domicilios una circular con la información del proceso que se realizó en su contra y el fallo dictado por el juez.
Cuando se trata de personas, organizaciones y empresas que deben sus impuestos, en algunos casos de grandes deudas, es permitido que entidades como la DIAN o una secretaría de Hacienda adelante un embargo como medida cautelar.
6024455000








