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Billetes de cincuenta y veinte mil pesos
A partir de agosto de este año 2023 empiezan los vencimientos de esta obligación. | Foto: Nathalia Garzón

Economía

Declaración de renta 2023: estos son los documentos necesarios para presentarla

A partir de agosto de este año empiezan los vencimientos de esta obligación.

20 de junio de 2023 Por: El País

A partir del mes de agosto empiezan los vencimientos para la declaración de renta del 2023 de las personas naturales. Como siempre, muchos colombianos dejan para última hora este deber que se tiene con el país; otros no saben si les toca o no declarar este año, por los cambios constantes que se hacen al sistema tributario del país.

Se estima que al año unas 4 millones de personas en Colombia declaran renta y de estas una gran mayoría deben pagar el impuesto.

  • Que el patrimonio bruto al término del año gravable 2022 sea menor a $171.018.000.
  • Que los ingresos totales del respectivo ejercicio gravable sean menores a $53.206.000.
  • Que los consumos mediante tarjeta de crédito sean menores a $53.206.000.
  • Que el valor total de las compras y consumos sean menores a $53.206.000.
  • Que el valor total acumulado de consignaciones bancarias, depósitos o inversiones financieras sean menores a $53.206.000.

Pero los ciudadanos que superan estos niveles de ingresos y patrimonio sí tendrán que declarar renta y posiblemente pagar el impuesto, si es del caso.

Los documentos que se deben presentar para esta diligencia son:

  • Certificados de ingresos y retención que expide su empleador.
  • Certificados anuales de retención de los productos bancarios.
  • Certificación anual de consumos de tarjetas de créditos.
  • RUT.
  • Cuando se poseen bienes: Impuesto predial, certificado de fiducia si se compró la vivienda sobre planos, promesa de compraventa de inmuebles, factura de compra o liquidación del impuesto vehicular.
  • Para aplicar deducciones, como medicina prepagada, donaciones o aportes voluntarios de pensiones, se deben aportar los certificados de pago o de las entidades donatarias.
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A partir de agosto se empiezan a cumplir los plazos de este tributo. | Foto: Semana. Guillermo Torres

Según la Dian, entre el 9 de agosto y el 19 de octubre de 2023 vencen los plazos para que las personas naturales presenten su impuesto de renta del año gravable 2022.

Fecha límite para declarar:

  • 01 y 02 (últimos dígitos del Nit) 09 de agosto del 2023
  • 03 y 04 10 de agosto del 2023.
  • 05 y 06 11 de agosto del 2023.
  • 07 y 08 14 de agosto del 2023.
  • 09 y 10 15 de agosto del 2023.
  • 11 y 12 16 de agosto del 2023.
  • 13 y 14 17 de agosto del 2023.
  • 15 y 16 18 de agosto del 2023.
  • 17 y 18 22 de agosto del 2023.
  • 19 y 20 23 de agosto del 2023.
  • 21 y 22 24 de agosto del 2023.
  • 23 y 24 25 de agosto del 2023.
  • 25 y 26 28 de agosto del 2023.
  • 27 y 28 29 de agosto del 2023.
  • 29 y 30 30 de agosto del 2023.
  • 31 y 32 31 de agosto del 2023.
  • 33 y 34 1 de septiembre del 2023.
  • 35 y 36 4 de septiembre del 2023.
  • 37 y 38 5 de septiembre del 2023.
  • 39 y 40 6 de septiembre del 2023.
  • 41 y 42 7 de septiembre del 2023.
  • 43 y 44 8 de septiembre del 2023.
  • 45 y 46 11 de septiembre del 2023.
  • 47 y 48 12 de septiembre del 2023.
  • 49 y 50 13 de septiembre del 2023.
  • 51 y 52 14 de septiembre del 2023.
  • 53 y 54 15 de septiembre del 2023.
  • 55 y 56 18 de septiembre del 2023.
  • 57 y 58 19 de septiembre del 2023.
  • 59 y 60 20 de septiembre del 2023.
  • 61 y 62 21 de septiembre del 2023.
  • 63 y 64 22 de septiembre del 2023.
  • 65 y 66 25 de septiembre del 2023.
  • 67 y 68 26 de septiembre del 2023
  • 69 y 70 27 de septiembre del 2023.
  • 71 y 72 28 de septiembre del 2023.
  • 73 y 74 29 de septiembre del 2023.
  • 75 y 76 2 de octubre del 2023.
  • 77 y 78 3 de octubre del 2023.
  • 79 y 80 4 de octubre del 2023.
  • 81 y 82 5 de octubre del 2023.
Empezar a ahorrar para pagar la declaración de renta es una buena estrategia. | Foto: Foto: Archivo de El País

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