Economía
Compras por más de US$50 a través de plataformas internacionales deberán pagar 19 % de IVA; hablan expertos
Según la Cámara Colombiana de Comercio Electrónico, las transacciones en línea en 2025 crecieron 21,6 %.
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6 de ene de 2026, 07:58 p. m.
Actualizado el 6 de ene de 2026, 07:58 p. m.
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Con el fin de recaudar cerca de $11 billones, que cubriría parte del desbalance de $16,3 billones, el Gobierno Nacional dio inicio a un conjunto de medidas tributarias amparadas en el Estados de Emergencia Económica y que afectan directamente el bolsillo de los colombianos.
Pese a que el paquete de tributos impacta diferentes sectores de la economía, uno de los ajustes que trae mayor afectación para los consumidores es el relacionado con las compras internacionales a través de plataformas como Temu, Amazon o Shein.
La iniciativa propone modificar de forma significativa el tratamiento del impuesto al valor agregado en los envíos de bajo valor que lleguen del exterior, pues las compras que estén sobre los US$50 estarán gravadas con IVA (19 %).
El pago de este tributo resulta relevante teniendo en cuenta que las cifras de la Cámara Colombiana de Comercio Electrónico, revelan que las transacciones en línea en 2025 crecieron 21,6 % y el ticket promedio de compra en el país precisamente equivale a US$50 o más.

Hasta la puesta en marcha de esta propuesta, las compras realizadas en plataformas digitales internacionales estaban exentas de IVA siempre que su valor no superara los US$200.
Carlos Rodríguez Vásquez, socio de Esguerra JHR y especialista en derecho tributario, explicó a La República que “lo que pasa es que hasta hoy se manejaba la importación excluida de los US$200, hoy ya no es sino de US$50, de lo que tendrán que pagar el IVA de 19% sobre el excedente de los US$50. Eso se paga en el momento de la importación, o de la nacionalización del bien. Por lo tanto, se pagaría, dependiendo de la modalidad que se hace, es decir si se hace por envíos urgentes”.
Asimismo, agregó que la mayoría de los consumidores que compran a través de envíos urgentes, “ya no pueden tomar eso como descontable, pues todo se convierte en un mayor valor del precio del producto”.
Por su parte, para el exdirector de la Dian, Lisandro Junco, este recaudo nunca ha sido representativo, porque es una medida que rige desde 2012, cuando el IVA era de 16 %.
“En su momento, se impulsó el principio de neutralidad, que era un principio de la digitalización global, y a través de ese principio se estableció ese tipo de acuerdos en donde no se iba a cobrar IVA. Posteriormente, con los tratados de libre comercio, no se cobraban aranceles”, señaló.
Sin embargo, subrayó que el punto central del debate es que el Congreso de la República no aprobó en 2024 ni en 2025 el cambio normativo propuesto, precisamente para seguir incentivando el comercio electrónico internacional.

De acuerdo con su análisis, plataformas como Shein, Amazon y otras similares permitían a los consumidores acceder a productos a mejores precios, lo que fortalecía la competitividad, ampliaba la oferta y dinamizaba el mercado bajo criterios de libre demanda, con beneficios directos para los ciudadanos.
En ese contexto, sostuvo que el recaudo era ínfimo, pues desde que se estableció la medida, en 2012, prácticamente no se obtenían ingresos por comercio electrónico. Además, recordó que hace más de una década este tipo de comercio no tenía el alcance ni el dinamismo que presenta en la actualidad.
A su juicio, el problema de fondo es que el cobro se implementa a través de una declaratoria de emergencia económica, desconociendo las facultades del Congreso, lo que termina generando dificultades tanto para los funcionarios de la Dian como para las empresas de tráfico postal y los consumidores.
Junco explicó que, por ejemplo, si una persona realizó una compra el 28 de diciembre en una plataforma como Amazon y el producto llegó al país el 5 o 6 de enero, al tratarse de un proceso de nacionalización, un asunto aduanero, debe recaudarse y pagarse el IVA. Este cobro deberá hacerlo la Dian por medio de las empresas de tráfico postal, como FedEx, DHL, Servientrega, Deprisa u otras, que estarán obligadas a exigir el pago para transferirlo a la autoridad tributaria.
Finalmente, señaló que la medida entró en vigencia el día 29, cuando se firmó el decreto, aunque su conocimiento público se dio el 31 de diciembre. Para el exdirector de la Dian, esto constituye un “juego sucio”, ya que obliga a pagar un impuesto por compras realizadas antes de que la norma estuviera vigente. En su opinión, este escenario afectará directamente a los consumidores y a su bienestar.

Comunicadora Social - Periodista de la Universidad Autónoma de Occidente, con amplia experiencia en periodismo regional, comercial y desde hace tres años trabajo en la sección de economía.
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