Economía
Atención empleadores: esta obligación diaria con las empleadas domésticas es obligatoria y no cumplirla genera problemas
Contratos, aportes a seguridad social y acuerdos claros sobre salario en especie hacen parte de las responsabilidades exigidas por la ley.
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22 de jun de 2026, 07:07 p. m.
Actualizado el 22 de jun de 2026, 07:07 p. m.
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Las condiciones laborales para las empleadas domésticas en Colombia han experimentado importantes cambios durante los últimos años, los cuales fueron implementados con el objetivo de fortalecer la protección de sus derechos y garantizar términos laborales más justos.
Por ello, las autoridades han reiterado una serie de obligaciones que deben cumplir quienes contratan personal para labores domésticas, muchas de las cuales aún son desconocidas o mal interpretadas por algunos empleadores.
Dicha regulación vigente busca evitar prácticas que durante años afectaron a este gremio, promoviendo la formalización de los vínculos laborales y el acceso a beneficios que actualmente son exigidos por la ley.
Y es que entre las disposiciones que suelen generar dudas entre los contratistas se encuentra la alimentación suministrada por el empleador durante la jornada laboral.
La normativa establece que no es válido descontar de manera independiente el valor de las comidas que recibe la trabajadora mientras cumple sus funciones.
Esto quiere decir que el hecho de proporcionar desayuno, almuerzo o cena no autoriza al empleador a reducir el salario mediante descuentos directos.
Factores a tener en cuenta
Para que la alimentación tenga un impacto en la remuneración, debe existir un acuerdo previo entre las partes relacionado con la figura conocida como salario en especie.
Este mecanismo permite que ciertos beneficios otorgados por el empleador sean reconocidos como parte de la compensación laboral, siempre bajo los límites establecidos por la ley.

Aunque la legislación permite el reconocimiento de alimentación como salario en especie dentro de los límites autorizados, especialistas en temas laborales recomiendan que esta figura se utilice con prudencia.
La sugerencia es evitar que el porcentaje destinado a salario en especie alcance niveles elevados, o incluso abstenerse de aplicarlo cuando sea posible, con el fin de preservar la capacidad adquisitiva de las trabajadoras y garantizar que dispongan de mayores recursos económicos para atender las necesidades de sus propios hogares.
Otras de las obligaciones
Hay que mencionar que uno de los avances más destacados ha sido la consolidación de mecanismos para formalizar el trabajo doméstico. Esto implica que los empleadores deben suscribir contratos laborales y reconocer todos los derechos que corresponden a las trabajadoras, incluyendo las prestaciones sociales establecidas por la legislación colombiana.
Asimismo, quienes contratan empleadas domésticas tienen la responsabilidad de realizar los aportes correspondientes al sistema de seguridad social, incluyendo salud y pensión, además de otros pagos que procedan según las condiciones de vinculación y el tiempo laborado.

Los valores y porcentajes de dichos aportes pueden variar dependiendo de la frecuencia con la que la trabajadora presta sus servicios, ya sea por días o de manera permanente.
Y es que el incumplimiento de estas obligaciones puede hacer que se generen consecuencias como investigaciones y sanciones por parte del Ministerio de Trabajo.

Periodista web de El País, comunicadora social y periodista egresada de la Universidad Autónoma de Occidente en Cali, Valle. Me gusta la reportería, presentación y la escritura.
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