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Pensionado. Imagen de referencia. | Foto: Foto: Pixabay

CORTE CONSTITUCIONAL

¿Qué tumbó la Corte Constitucional sobre los 'alivios' pensionales?

.Conozca lo que implica que la Corte haya declarado inconstitucional el decreto 558-

24 de julio de 2020 Por: Redacción de El País

La decisión de la Corte Constitucional de tumbar el Decreto 558 de 2020 que tenía dos propósitos: reducir los aportes a pensiones por dos meses y permitir el traslado masivo de pensionados de los fondos privados a Colpensiones generó un gran revuelo entre empleadores y empleados porque tendrán que devolver los dineros que se ahorraron durante abril y mayo al no haber hecho los aportes como los exige la ley.

El decreto permitía que por dos meses y de manera voluntaria (abril y mayo), las empresas no hicieran la cotización completa de sus empleados, reduciendo el aporte del 16 al 3%. Además, ordenaba el traslado de 25.000 pensionados de fondos privados a Colpensiones, pero la Corte consideró que el Decreto es contrario a la Constitución.

Cuando la Procuraduría General de la Nación se enteró del decreto puso el grito en el cielo y le solicitó a la Corte Constitucional tumbarlo porque consideraba que la reducción de los aportes significaba menores ingresos al fondo común de vejez y las semanas de los empledos que se acogían a esta alternativa no serían contabilizadas en su historia laboral si ganaban más de un salario mínimo.

En ese orden, la Corte analizó la situación y el pasado jueves decidió declarar inconstitucional dicho decreto. ¿Qué significa? que todo vuelve a operar como estaba antes de la expedición de la norma. En la práctica, eso quiere decir que las empresas y entidades tendrán que reliquidar los aportes de los trabajadores y devolverlos a los fondos de pensiones.

Mauricio Olivera, director de Econometría Consultores y expresidente de Colpensiones, comentó que el decreto buscaba aliviar la carga laboral de los empresarios durante abril y mayo y permitió que en esos dos meses se cotizara en el sistema pensional el 3% del salario, no el 16%.
La Corte decidió que ese alivio es inconstitucional, y esos 13 puntos adicionales se deben pagar.

“La primera pregunta es: ¿quién los deberá pagar? puede ser una deuda de los empleadores y los trabajadores (recordemos que la cotización la hacen los dos), pero cobrarla en este momento de crisis es complejo. Los trabajadores independientes también se ven afectados por esta deuda. Otra opción es que sea el Estado el que la pague, pero el Estado también tiene presiones sobre sus finanzas por el gasto generado para enfrentar la crisis”, comentó.

Otra pregunta es ¿cuándo se paga? Olivera dijo que “no haber cotizado 13 puntos porcentuales afecta esencialmente la pensión de los afiliados a los fondos privados, porque su pensión depende de su ahorro y de los intereses que este ahorro genere. Así que es un taxímetro que ya está corriendo. Pero pagar esta deuda en medio de la crisis es también complejo”.

En relación con el segundo punto del decreto, el traslado de los pensionados bajo la modalidad de retiro programado, no hay ningún efecto. El traslado no se dio, y el mismo Gobierno había modificado el decreto al permitir que este traslado fuera voluntario.

Por su parte, Marcelo Duque Ospina, experto en el tema pensional, coincide con el expresidente de Colpensiones y agregó que “ahora las empresas tendrán que estudiar cómo pueden devolver esos recursos, y es posible que el mismo Gobierno Nacional genere algún mecanismo de financiación para las empresas que estan en crisis, como resultado del Covid-19.

“También habré un efecto para los trabajadores porque a ellos se les debitó un menor valor de sus cuentas como aportes a las pensiones.Creo que el Gobierno Nacional deberé definir los parámetros para hacerlo porque muchos colombianos están bastante afectados en sus finanzas”, dijo (ver columna de al lado).

Las empresas estudian el fallo

El presidente de Colpensiones, Juan Miguel Villa, no hará, por el momento, ningún pronunciamiento sobre la decisión de la Corte Constitucional. Por ahora piensa analizar el texto del fallo y revisarlo con el Gobierno Nacional.

De manera extraoficial se informó que el monto de recursos que tendrían que devolver los empresarios y empleados al sistema pensional oscilaría entre un billón de pesos y tres billones de pesos.

Empresarios adscritos al consejo gremial nacional manifestaron que analizarán con detenimiento el fallo. Algunos de ellos, anunciaron que el Gobierno deberá otorgar ayudas.

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