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El llamado monotributo, creado en la última reforma tributaria rige para quienes posean pequeños negocios de comercio y sustituye el impuesto sobre la renta. | Foto: Archivo de El País

IMPUESTOS

3,5 millones de colombianos deberán declarar renta, vea las recomendaciones

Las fechas de vencimiento de esta obligación arrancan el 11 de agosto y van hasta el 21 de octubre. Quienes no cumplan con el requisito se enfrentan a sanciones.

2 de agosto de 2020 Por: Redacción de El País

Hablar de declarar renta para los colombianos es como decirles que deben visitar el odontólogo, a nadie le gusta, pero hay que hacerlo.

Cada año más personas deben cumplir con esta obligación. Por ejemplo, para la actual vigencia se espera que 3,5 millones de colombianos hagan este trámite, esto no quiere decir que todos tengan que pagar el impuesto.

El año pasado, 3,21 millones de personas presentaron la declaración, la cifra aumentó en 309.000 colombianos frente al año inmediatamente anterior. Entre 2017 y 2019 el número de nuevos declarantes fue de 753.113, de acuerdo con datos de la Dian.

En 2019, las personas que declararon reportaron un valor del impuesto por $11 billones, pero después de aplicar las retenciones, los anticipos y saldos a favor el pago correspondiente fue de $3 billones. Al finalizar el calendario tributario el Estado obtuvo un recaudo efectivo de $2,54 billones por este gravamen.

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Frente a la declaración de renta hay tres escenarios a tener en cuenta, según describe Adriana Solano Cantor, subdirectora de Asistencia al Cliente de la Dian: presentar el formulario y no tener que pagar nada, que se genere un saldo a favor y la tercera es que el ciudadano sí tenga la obligación de cancelar el tributo.

Por ejemplo, Lucía García trabaja como contratista del Estado y desde hace cinco años hace su declaración. Este año no tendrá que pagar el impuesto de renta, ya que a lo largo del 2019 le hicieron retenciones en sus pagos, lo que significa que ella canceló de manera anticipa el tributo.

“Ya presenté la declaración, aunque tengo plazo hasta el 12 de agosto. No pago nada de impuesto porque tengo un saldo a favor de dos millones de pesos. Sin embargo, hubo un año en el que sí tuve que pagar”, comentó.

Si le toca cancelar el impuesto de renta, tenga en cuenta que la Dian no contempla, hasta ahora, pagos a plazos, pese a la crisis económica, pues los vencimientos para presentar el formulario van hasta octubre y se esperaba que para estos meses la situación hubiera mejorado para todos.

La Subdirectora de Asistencia al Cliente de la Dian aseguró que los colombianos no deben asustarse con el trámite y reiteró que declarar no significa pagar. “Hemos diseñado herramientas para facilitar la presentación del documento y por la pandemia los procesos de devolución de saldos están más abreviados”, afirmó Adriana Solano.

Recomendaciones

Gildardo Hoyos, asesor contable y fiscal, explicó que cuando se declara por primera vez hay que tener en cuenta varios aspectos.

En primer lugar recomienda que se revise si se cumple alguno de los requisitos para declarar, como el monto de ingresos y/o consumos o compras por $47,9 millones para el año 2019 o el patrimonio de $154,2 millones.

Pero adicionalmente se debe revisar si esa obligación la tuvo en años anteriores y no la cumplió. Esto porque al hacer el trámite, por primera vez, el contribuyente entra en el radar de la Dian que seguramente revisará la historia de años anteriores de la persona y se puede incurrir en sanciones.

En segundo lugar, recomienda el experto que se haga una consulta en el portal de la Dian para confirmar si algunas entidades privadas o públicas le han reportado información exógena. Es decir, un tercero puede informar que le hizo pagos, entregó dividendos, indemnizaciones o que le hicieron retenciones, entre otras cosas.

Con ello la Dian ya conoce qué movimientos financieros (gastos e ingresos) ha tenido el ciudadano y eso es clave para saber si debe declarar.

'Hazlo tú mismo' es una aplicación que diseñó la Dian para enseñarle al ciudadano paso a paso cómo diligenciar, presentar la declaración del impuesto sobre la renta y complementario.

Asimismo, Juan Guillermo Ruiz, socio de la firma Posse Herrera Ruiz, explicó que aunque algunas personas tienen la formación y el conocimiento para preparar directamente su declaración de renta, la mayoría de los contribuyentes no tienen esa alternativa. “Lo primero que le recomendaría al nuevo declarante es que se acompañe de un asesor experto y honorable que le permita combinar adecuadamente la planeación y el cumplimiento tributario. Luego les sugiero que identifiquen claramente activos, pasivos, ingresos costos y gastos, con el propósito de determinar los aspectos fundamentales de la declaración”.

Otro punto a tener en cuenta, dijo Ruiz, es que se debe explicar al nuevo declarante cada uno de los beneficios tributarios existentes para llevar a cabo ese trámite.

Por otro lado, a la hora de realizar la declaración, Ángela María González, socia para el área de Impuestos de EY Colombia, destacó 4 de los principales cambios a tener en cuenta.

1. Ingresos: este año se declararán en una sola cédula (grupo de ingresos para efectos tributarios) los laborales, de capital y no laborales. También están los ingresos por pensiones y los de dividendos y participaciones.

2. Nuevas tarifas del impuesto: por primera vez se reflejarán las tarifas de impuesto a tasas del 35%, 37% y 39% para personas con ingresos superiores; previamente la tarifa máxima era del 33%. Entre más alto sea el ingreso, más alta será la tarifa. En promedio, quienes hayan ganado $40 millones mensuales en 2019 se verán afectados por esta variación.

3. Rendimientos financieros: la totalidad de los rendimientos recibidos por las personas podría estar sometida a impuesto de renta dependiendo de su estructura de ingresos.

4. Beneficios limitados: hasta el año 2018 existió la posibilidad de realizar aportes voluntarios ilimitados a los fondos de pensiones obligatorias, trayendo como beneficio la disminución del impuesto. Sin embargo, a partir de 2019 se impuso un límite del 25% del ingreso de la persona y tan solo ese porcentaje tendrá beneficio tributario.

Sanciones

Quien no cumple con la obligación y no presenta a tiempo la declaración de renta se enfrenta a tener que pagar una sanción.

Un vez haga el trámite tendrá que liquidar una sanción de extemporaneidad que se cobra por cada mes o fracción de mes de retraso, dicha sanción no puede ser inferior a $356.000, este año.

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