Colombia
Procuraduría sanciona a profesores por cometer grave error con estudiantes en colegio de Colombia
Expertos advirtieron posibles consecuencias legales para docentes que clasifiquen mal los casos.
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22 de may de 2026, 10:42 p. m.
Actualizado el 22 de may de 2026, 10:42 p. m.
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La educación en Colombia está regida por diferentes leyes y decretos que buscan garantizar el acceso, la inclusión y la protección integral de niños, niñas y adolescentes dentro de los entornos escolares.
Entre esas normas se encuentra la Ley 1620 de 2013, considerada una de las principales herramientas para regular la convivencia en colegios públicos y privados del país.
La norma creó el Sistema Nacional de Convivencia Escolar y estableció rutas de atención para casos relacionados con violencia escolar, acoso, conflictos entre estudiantes y vulneración de derechos humanos, sexuales y reproductivos dentro de las instituciones educativas.
Debido a que los estudiantes permanecen gran parte de su jornada en los colegios, la ley busca garantizar espacios seguros y definir protocolos claros frente a cualquier situación que afecte el bienestar de los menores.
La legislación también establece diferentes tipos de situaciones que pueden alterar la convivencia escolar y determina cómo deben actuar directivos y docentes en cada caso.
De acuerdo con el Decreto 1965 de 2013, existen tres tipos de situaciones dentro de los colegios.

Las situaciones Tipo I corresponden a conflictos ocasionales que afectan el clima escolar, pero que no generan daños físicos o mentales.
Las situaciones Tipo II incluyen agresiones escolares, casos de bullying o ciberbullying repetitivos que pueden causar afectaciones físicas o emocionales, aunque no constituyan un delito.
Finalmente, las situaciones Tipo III hacen referencia a conductas consideradas como presuntos delitos contra la libertad, integridad y formación sexual de los estudiantes.
Precisamente, la correcta identificación de estos casos se convirtió en tema de discusión luego de conocerse advertencias sobre posibles sanciones disciplinarias contra docentes que actúen de manera equivocada frente a este tipo de situaciones.
Según explicó la mentora de educadores escolares Heydi Leyva, confundir una situación Tipo I con una Tipo II podría traer consecuencias legales para profesores e instituciones educativas.

“Confundir una situación Tipo I con una Tipo Il no es solo un error de papeleo’, es una falta en el debido proceso que puede poner en riesgo tu carrera y tu tranquilidad legal”, explicó la experta en un video publicado en redes sociales.
La advertencia se relaciona con el hecho de que cada situación activa protocolos distintos dentro del sistema de convivencia escolar, por lo que una clasificación incorrecta podría derivar en fallas en la atención, sanciones desproporcionadas o vulneraciones al debido proceso de los estudiantes involucrados.
La principal diferencia, según la normativa, radica en que las situaciones Tipo I son esporádicas y no generan daños físicos ni mentales, mientras que las Tipo II sí pueden ocasionar afectaciones al cuerpo o a la salud física de los estudiantes.

Comunicadora social y periodista multifuente graduada de la Universidad Santiago de Cali, con énfasis en política, gobierno y experiencia en presentación y radio.
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