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Piden avalar sanciones a quien se niegue a pruebas de alcoholemia

Procuraduría solicita a la Corte que avale norma, pues de lo contrario se obstruiría la justicia.

20 de mayo de 2014 Por: Elpaís.com.co | Colprensa

Procuraduría solicita a la Corte que avale norma, pues de lo contrario se obstruiría la justicia.

La Procuraduría General de la Nación le solicitó a la Corte Constitucional que avale la norma que contempla sanciones para los conductores que no permitan la realización de las pruebas físicas o clínicas para determinar el grado de alcoholemia. Para el Ministerio Público, tanto el derecho de defensa como la presunción de inocencia y la garantía de no autoincriminación, permiten al procesado adoptar conductas de abstención (no hacer), pero no de obstrucción (no dejar hacer), de estas pruebas. Por eso, señaló que si bien la Corte Constitucional ha señalado que el investigado no tiene deber de colaborar con la administración de justicia cuando esto implique la posibilidad de autoincriminarse, se debe distinguir del deber de permitir el recaudo probatorio. La Procuraduría envió concepto a la Corte que actualmente estudia varias demandas de inconstitucionalidad contra algunos apartes de los artículos 5 y 8 de la Ley 1696 de 2013, que dicta disposiciones penales y administrativas para sancionar la conducción bajo el influjo del alcohol u otras sustancias psicoactivas. Igualmente, el Ministerio Público pidió avalar la norma que permite la retención de la licencia de quienes sean sorprendidos conduciendo bajo los efectos del alcohol, pero en el entendido de que esa retención únicamente tiene carácter transitorio hasta que la autoridad de tránsito deje en firme la sanción. Ya frente el tratamiento integral contra el alcoholismo (artículo 8 de la misma ley) para quien se le imputa el agravante de haber cometido homicidio culposo conduciendo vehículos bajo el influjo del alcohol, la Procuraduría estimó que también debe hacerse para el conductor que tiene adicción a sustancias psicoactivas y provocó un accidente.

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