Colombia
Ojo, si hace esto en un semáforo deberá pagar una multa según el código de tránsito
Esta acción le puede costar una sanción económica y pedagógica.
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19 de sept de 2025, 11:32 p. m.
Actualizado el 19 de sept de 2025, 11:32 p. m.
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En Colombia, es común una infracción que muchas personas cometen sin darse cuenta cuando hay un semáforo en rojo. Dicha acción puede salir caro.
Según lo que establece el Código Nacional de Tránsito lo tipifica como la infracción C.38 el cual prohíbe expresamente usar el teléfono mientras se conduce, incluso si el vehículo está detenido, pero con el motor encendido. “La única excepción es cuando se usan sistemas de manos libres que evitan tener que manipular el dispositivo electrónico”.
Cabe destacar, que en caso de que un agente de tránsito registra la conducta por uso del teléfono y escribe o lee mensajes, aunque el carro está detenido en rojo, este puede llegar a imponer un comparendo por la infracción C.38.
En ese sentido, dicha multa, contempla que en ciertos casos, como la reincidencia u otras circunstancias agravantes, el agente de tránsito puede aplicar medidas adicionales, que incluyen la suspensión de la licencia.
Por otro lado, no hay norma vigente que obligue a inmovilizar el vehículo solo por cometer la infracción C.38 sin otras acciones.

¿Hay excepciones a la norma?
De acuerdo a lo que indica el Código Nacional de Tránsito, establece que no se incurre en la infracción C.38 cuando el vehículo está estacionado con el motor apagado dando como ejemplo, en un parqueadero o bahía autorizada o cuando se utilizan sistemas de manos libres que permitan operar el teléfono sin manipularlo directamente.
Asimismo, los agentes de tránsito también aceptan como justificación el uso del teléfono en situaciones de emergencia para comunicarse con entidades competentes.
Fuera de estos casos, la prohibición aplica incluso si el vehículo está detenido en un semáforo con el motor encendido.
¿Frecuencia y riesgo de este hecho?
Por su parte, la Agencia Nacional de Seguridad Vial (ANSV), evidenció un gran problema en Colombia: Se impone en promedio un comparendo por uso del celular al volante cada 12 minutos.
Además, la entidad también advierte que manipular el teléfono mientras se conduce sin un sistema de manos libres puede multiplicar hasta por cuatro el riesgo de un siniestro vial.

El valor que aparece en un comparendo por el uso del celular mientras se conduce puede variar según el método de cálculo que use la autoridad de tránsito.
De acuerdo a la norma, la infracción C38 es clasificada como tipo C y se describe con una referencia de quince salarios mínimos diarios legales vigentes (SMDLV).
Sin embargo, la mayoría de entidades de tránsito no usan directamente el salario mínimo para liquidar la multa, sino la Unidad de Valor Básico (UVB), una medida que actualizan cada año para definir los montos.

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