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¿Hasta cuándo se puede pedir el medio día compensatorio por votar? Estos son los beneficios del certificado electoral en Colombia

Los beneficios de tener el certificado electoral aplican durante el tiempo que transcurra entre una votación y la siguiente inmediatamente posterior.

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ELECCIONES PRESIDENCIALES - URNAS - VOTO
Al ejercer el derecho a votar, se obtiene el certificado electoral, el cual le otorga beneficios directos por ley y descuentos exclusivos en algunos procesos. | Foto: Jorge Orozco / El País

1 de jun de 2026, 02:16 p. m.

Actualizado el 1 de jun de 2026, 02:16 p. m.

Los colombianos que participaron en las elecciones presidenciales de este domingo 31 de mayo podrán acceder a varios beneficios contemplados en la legislación nacional.

La Ley 403 de 1997 y otras normas complementarias establecen que, al presentar el certificado electoral que acredita la participación en la jornada democrática, puede acceder a un compensatorio de medio día laboral remunerado, descuentos en trámites oficiales y ventajas en algunos procesos académicos y administrativos.

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ELECCIONES PRESIDENCIALES - URNAS - VOTO | Foto: Jorge Orozco / El País

Para el caso de los trabajadores que deseen tomar el mediodía de descanso, tienen un plazo de 30 días hábiles siguientes a la fecha de la elección para solicitar la media jornada libre y presentar el certificado electoral original o un soporte válido que demuestre que ejerció su derecho al voto.

Dicho descanso debe ser acordado con el empleador o entidad correspondiente y, en caso de haber sido jurado de votación, la persona tiene derecho a un día completo de descanso compensatorio. Pero sí votó; el beneficio incrementa, ya que podrá acceder a un día y medio de descanso remunerado en total.

Otros beneficios por votar

Estos son otros beneficios que obtienen quienes participan en los procesos electorales y presentan certificado electoral, según la Ley 403 de 1997 y 815 del 2003:

  • Prelación en el caso de obtener un empate en los resultados de los exámenes de ingreso a las instituciones públicas o privadas de educación superior.
  • Rebaja de un mes en el tiempo de prestación del servicio militar obligatorio si son soldados bachilleres o auxiliares bachilleres y dos meses si son soldados campesinos o soldados regulares.
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Votar es un deber ciudadano, que además de obtener beneficios por parte del Estado, le permite al ciudadano ser partícipe del avance democrático. | Foto: Liliana Rincón
  • Beneficios en la adjudicación de becas educativas, predios rurales y subsidios de vivienda ofrecidos por el Estado en casos de igualdad de condiciones estrictamente establecidas en un concurso abierto. Un tratamiento similar tendrán en caso de igualdad de puntaje en una lista de elegibles cuando se trate de un empleo de carrera con el Estado.
  • Los estudiantes de una institución oficial de educación superior tendrán derecho a un descuento del 10% en el costo de la matrícula, según el artículo 1 de la Ley 815 de 2003, con la cual se agregan nuevos estímulos al sufragante.
  • Rebaja del 10 % en el valor de la expedición del pasaporte que solicite durante los 4 años siguientes a la votación, por una sola vez.
  • Descuento del 10 % del valor en el trámite inicial y expedición de duplicados de la Libreta Militar; por duplicados de la cédula de ciudadanía, del segundo duplicado en adelante.

Cabe recordar que para acceder a estos incentivos es indispensable conservar el certificado electoral en buen estado.

Comunicadora social con experiencia en comunicación organizacional, creación de contenido digital y redacción periodística y corporativa.

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