Colombia
¿Habrá puente festivo el 13 de julio? Esto se sabe tras la demanda contra la ley
Expertos en derecho aseguran que la Corte Constitucional no tumbará el nuevo día de descanso obligatorio creado por el Congreso de la República.
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1 de jul de 2026, 09:25 p. m.
Actualizado el 1 de jul de 2026, 09:25 p. m.
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El panorama laboral del país se encuentra bajo una intensa expectativa jurídica debido al trámite de una acción judicial que pretende tumbar el fin de semana largo programado para este mes.
El debate se originó poco después de que el legislativo expidiera la Ley 2578 de 2026, una normativa orientada a declarar como día feriado nacional la conmemoración del Día de Nuestra Señora del Rosario de Chiquinquirá.

La controversia legal surgió a raíz de un recurso interpuesto por un ciudadano ante los magistrados del alto tribunal. El demandante sostiene con vehemencia que la inclusión de esta festividad en el calendario oficial vulnera el principio de neutralidad religiosa del Estado, beneficiando exclusivamente a la Iglesia Católica.
Según el texto del recurso, el Congreso de la República incurrió en una discriminación indirecta frente a los colombianos que profesan credos diferentes o se declaran no creyentes.
Adicionalmente, el sector empresarial manifestó su profunda preocupación por las implicaciones logísticas de la medida aprobada.
El promotor de la demanda argumentó que la adición imprevista de una jornada de descanso obligatorio genera desajustes severos en la planeación de turnos operativos, reduce los niveles de producción industrial e incrementa sustancialmente los costos de nómina para las compañías privadas que deben reconocer el recargo salarial.

A pesar de los cuestionamientos ciudadanos, los analistas descartan que el descanso obligatorio corra un peligro real a corto plazo. El abogado constitucionalista Juan Manuel Charry consideró altamente improbable que se dicte una medida de suspensión provisional antes de la fecha programada.
El especialista explicó que este mecanismo es una facultad excepcional de la corporación judicial, por lo cual los trabajadores mantendrán el beneficio del recargo remunerado.
📅Tenemos un nuevo festivo: El 13 de julio.
— Aportes en Línea (@aportesenlinea) June 30, 2026
Este cambio puede generar ajustes en la programación de algunas obligaciones y procesos relacionados con la seguridad social durante el mes de julio. pic.twitter.com/LYaWSIR309
La viabilidad técnica de frenar el nuevo feriado es nula debido a las dinámicas del calendario judicial del país. El penalista Fabio Humar señaló que el tribunal carece del margen operativo necesario para tomar una determinación de tal envergadura en tan solo catorce días.
Humar recordó que la jurisprudencia colombiana ya ha ratificado en sentencias previas que estas jornadas protegen una tradición cultural arraigada más allá de su evidente origen místico.
En una línea de pensamiento similar se pronunció el abogado Francisco Bernate, quien desestimó los fundamentos de la acción popular.
El jurista trajo a colación la Sentencia C-568 de 1993, un fallo histórico donde la corporación determinó que este tipo de leyes persiguen un fin meramente secular enfocado en el descanso. El experto enfatizó que la existencia de la norma no obliga a los ciudadanos a ejercer prácticas de culto determinadas.

Comunicador social y periodista de la Universidad Antonio José Camacho. Tecnólogo en Producción Audiovisual y técnico en Diseño e Integración Multimedia del SENA, además de especialista en Fotografía Publicitaria. Experiencia en periodismo de campo frente a cámara, redacción web y gestión de redes sociales
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