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Wilman Muñoz (izquierda) está involucrado en el proceso por el desfalco de más de once mil millones de pesos en la Universidad Distrital. | Foto: Colprensa

UNIVERSIDAD DISTRITAL

Destituyen e inhabilitan por más de 17 años a exdirectivo de la Distrital implicado en desfalco

En fallo de segunda instancia, la Procuraduría ratificó la responsabilidad de Wilman Muñoz Prieto en el manejo irregular de recursos públicos y redujo en dos años y seis meses el tiempo de su inhabilidad.

18 de enero de 2020 Por: Redacción de El País

La Procuraduría General de la Nación destituyó e inhabilitó en segunda instancia por 17 años y 6 meses a Wilman Muñoz Prieto, exdirectivo de la Universidad Distrital Francisco José de Caldas de Bogotá, implicado en el presunto desfalco millonario al centro educativo.

El ente de control encontró responsable al exfuncionario del manejo irregular de recursos públicos por más de 11.380 millones de pesos y evidenció que, a través de la expedición y cobro de cheques, pagos mediante débito automático y cargo a tarjetas de crédito de la institución, adquirió bienes y servicios en favor suyo y de su familia, entre el 2015 y el 2019.

La Procuraduría aseguró también que se demostró que con dineros provenientes de la cuenta corriente de la Universidad, Muñoz Prieto "adquirió bienes y servicios que no correspondían con las funciones que le fueron asignadas; además compró un vehículo de alta gama y equipos electrónicos en beneficio de una empresa particular".

"Los $6.000.000 devueltos por el director del Instituto de Extensión del centro educativo resultan ser una suma irrisoria que apenas alcanza un 0,054% de la suma total apropiada, y lejos de ser un motivo atenuante, termina revelando el gran daño patrimonial de las conductas cometidas por el disciplinado", indicó el Ministerio Público.

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Entre las normas que, de acuerdo con la Procuraduría, transgredió el exdirectivo está el artículo 48.1 de la Ley 734 de 2002, que contempla como falta disciplinaria "realizar objetivamente una descripción típica consagrada en la ley como delito sancionable a título de dolo, cuando se cometa en razón, con ocasión o como consecuencia de la función o cargo, o abusando del mismo".

Las faltas de Muñoz Prieto fueron calificadas como "gravísimas cometidas a título de dolo". Al ser de segunda instancia, contra decisión de la Procuraduría no procede ningún recurso. Cabe resaltar que la inhabilidad se redujo, de los 20 años de sanción en el primer fallo a los 17 y seis meses en la sentencia definitiva.

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