Colombia

Defensora del Pueblo vuelve a llamar la atención del Gobierno por muerte de menores en operativos militares

Gobierno confirmó que una menor de 16 años murió en bombardeo realizado en el Catatumbo, el 10 de octubre, contra disidencias de alias Calarcá.

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Defensora del pueblo, Iris Marín.
La defensora del pueblo, Iris Marín, ya había advertido al Gobierno y al presidente De la Espriella sobre las bajas de menores en las incursiones militares. | Foto: Cortesía Defensoría del Pueblo

13 de oct de 2026, 08:09 p. m.

Actualizado el 13 de oct de 2026, 08:09 p. m.

La defensora del Pueblo, Iris Marín, pidió al Gobierno Nacional evaluar si los bombardeos son la mejor opción para combatir a los grupos armados ante las constantes muertes de menores de edad en esas operaciones. Desde que se posesionó el presidente Abelardo de la Espriella, la cifra asciende a siete.

Marín advirtió que es previsible la presencia de menores de edad en las filas de estos grupos, debido al reclutamiento ilícito al que son sometidos. Por ello, insistió en la necesidad de adoptar medidas que prioricen su protección y eviten que sigan perdiendo la vida en medio de las operaciones militares.

De la Espriella
En un bombardeo del pasado 27 de agosto habría muerto también tres menores de edad. | Foto: Tomados de X @ABDELAESPRIELLA

“Nos estamos acostumbrando; es que es un daño colateral de la guerra el hecho de que mueran menores de edad. Los menores de edad son víctimas; no dejan de serlo porque hayan entrado a los grupos armados”, explicó la defensora.

En ese sentido, agregó que la responsabilidad también recae en los grupos armados por cometer ese delito de lesa humanidad.

El debate volvió a encenderse con la muerte de un menor de edad en la operación militar desarrollada el pasado viernes en la subregión del Catatumbo, Norte de Santander, en contra del frente 33 de las disidencias de las FARC comandadas por Alexander Díaz Mendoza, alias Calarcá.

La operación se ejecutó a las 10 de la noche. La identidad del menor fallecido no se conoce, pero sí se sabe que se trataría de una menor de 16 años, según confirmó hoy la cúpula militar a cargo. Junto a ella fallecieron tres hombres más.

El presidente Abelardo De La Espriella en la conmemoración del Día del Veterano en Cartagena.
El presidente Abelardo De La Espriella no se ha referido a los menores dados de baja en las operaciones militares. | Foto: Presidencia

Su muerte fue defendida por el Gobierno, que aseguró que los “objetivos militares fueron previamente identificados y delimitados. “El planeamiento contempló medidas para proteger a la población civil, en observancia de los principios de distinción, proporcionalidad y precaución establecidos por el Derecho Internacional Humanitario”.

Su muerte se suma a las ocurridas el 27 de agosto, en Guaviare, donde murieron tres menores, según confirmó Medicina Legal. Pocos días después, en otro bombardeo en ese mismo departamento contra la estructura de alias Iván Mordisco, el Instituto identificó a otros dos menores entre los 24 cuerpos recibidos, según reveló El Tiempo. Dos semanas antes, el 10 de agosto, en una operación en el Catatumbo, había muerto un joven de 16 años.

Ante ese panorama, un juzgado de Bogotá le ordenó el pasado 3 de septiembre al Gobierno, de forma preliminar, suspender cualquier operación de ese tipo en zonas donde pueda haber presencia de menores de edad. “Hasta tanto se adopten y verifiquen las medidas de precaución y protección necesarias y se determine, conforme a la información disponible y a los protocolos operacionales aplicables, que no existe una alternativa operacional menos lesiva que permita alcanzar el objetivo militar legítimo perseguido”.

Esa suspensión generó fuerte oposición del Gobierno y de las Fuerzas Militares, que advirtieron que eso podía incentivar a los grupos armados a usar más menores de edad para evitar ser atacados.

Finalmente, el juez levantó esa suspensión, pero ordenó aplicar un estándar de precaución más exigente que el que venían usando.

“Sí se ordenará que la sola presencia en un campamento o la mera vinculación material con aquella no conduzca automáticamente a presumir que un menor de edad puede ser objeto legítimo de ataque, su situación deberá ser valorada conforme al DIH, bajo el estándar reforzado derivado de su edad y condición de víctima”.

“Asimismo, cuando exista información cierta, objetiva o razonablemente verificable sobre presencia de menores de edad, las autoridades responsables deberán adoptar todas las precauciones factibles, intensificar la verificación de inteligencia, valorar alternativas operacionales menos lesivas y realizar el juicio concreto de proporcionalidad correspondiente”, se lee en la sentencia, dice el fallo citado por el diario El Tiempo.

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