Cali
Pico y placa en Cali este viernes, 2 de enero de 2026; ¿hay restricción para circular?
Entre el 5 y el 12 de enero no aplicarán sanciones por el nuevo pico y placa. Agentes de tránsito realizarán pedagogía del nuevo calendario.
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1 de ene de 2026, 11:01 p. m.
Actualizado el 1 de ene de 2026, 11:03 p. m.
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Con el inicio de 2026, secretaría de Movilidad de Cali pondrá en marcha una nueva rotación del pico y placa para vehículos particulares, el cual regirán en los próximos días.
Para el viernes, 2 de enero de 2026, se planificó el último día de aplicación del pico y placa que rige en la actualidad. Es decir, que para ese día, los vehículos con placas 1 y 2, no podrán circular en las calles de la ciudad de 6:00 a. m. y las 7:00 p. m.

Aplicación del nuevo calendario de pico y placa
De acuerdo con la Secretaría de Movilidad, la nueva rotación comenzará a regir desde el lunes, 5 de enero, pero la medida tendrá una etapa inicial de carácter pedagógico antes de la imposición de sanciones económicas.
El objetivo de esta medida es facilitar la movilidad de residentes y visitantes durante la temporada de vacaciones y el regreso paulatino a la actividad laboral y académica.
Calendario de pico y placa para el primer semestre del 2026.
Lunes: 1 y 2.
Martes: 3 y 4.
Miércoles: 5 y 6.
Jueves: 7 y 8.
Viernes: 9 y 0.

Entre el 5 y el 12 de enero, la medida será netamente instructiva y sin sanciones, permitiendo que los conductores se familiaricen con los cambios.
Fechas clave que deben tener en cuenta los conductores
- 1 de enero: no aplica por ser día festivo.
- 2 de enero: jornada instructiva, sin comparendos.
- 3 y 4 de enero: no aplica por ser sábado y domingo.
- Del 5 al 12 de enero: fase instructiva sin ningún tipo de sanción.
- Desde el 13 de enero: inicia el pico y placa con aplicación de comparendos.
La restricción operará en el horario habitual, de 6:00 a. m. a 7:00 p. m., y aplicará únicamente para vehículos particulares, según lo establecido en el decreto vigente.
Cabe destacar que la medida no aplica para algunos automóviles, los cuales son:
- Ambulancias y transporte de emergencia (Policía, Bomberos).
- Vehículos que transportan personas con discapacidad (previamente autorizados por Secretaría de Movilidad).
- Automóviles eléctricos e híbridos.
- Vehículos de transporte público.
- Vehículos de carga de cinco toneladas o más.
- Motocicletas.
- Automotores particulares con permiso especial mediante el pago de la tasa por congestión.
La excepción por tasa de congestión se puede solicitar en Secretaría de Movilidad de Cali, y así puede transitar por las calles de la ciudad sin restricción de pico y placa.
Para ello debe elegir el período de movilidad (diario, mensual y semestral) y realizar el pago establecido por la entidad.

Comunicadora social con experiencia en comunicación organizacional, creación de contenido digital y redacción periodística y corporativa.
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