HACIENDA
Extienden plazo para pago con descuento del Impuesto Predial en Cali hasta diciembre
Quienes se encuentran al día con esta obligación podrán obtener un descuento del 20 %, si pagan antes del 31 de diciembre de 2020. Inicialmente el beneficio iba hasta el 30 de junio.
Por medio del Decreto 0930 de 2020 el alcalde de Cali amplió el plazo del descuento de 20% por pronto pago, en el Impuesto Predial Unificado hasta el último día hábil de diciembre de 2020.
Es decir que las personas que se encuentren al día en el Impuesto Predial, podrán obtener durante seis meses más el 20% de beneficio en su factura, el que inicialmente iba solo hasta el 30 de junio.
El director de Hacienda Municipal, Fulvio Leonardo Soto, afirmó que todas las medidas tributarias adoptadas por la Administración hasta el momento, han sido en beneficio de los contribuyentes.
“Sabemos que esta emergencia sanitaria ha sido difícil para todos y hemos tenido que tomar decisiones sobre la marcha, buscando no afectar a los ciudadanos que de seguro tienen el deseo de ponerse al día en sus impuestos, pero que todavía no tienen la forma de hacerlo”, declaró.
Puede leer: Más de diez mil visitantes llegaron a centros comerciales de Cali en la primera jornada de reapertura
El pago del Impuesto Predial Unificado se podrá cancelar por cuotas, sin que en ningún caso el plazo o las cuotas superen el mes de diciembre de 2020.
Alivios para mororos
La Administración Municipal también anunció que para aliviar la situación económica de los deudores, contribuyentes, responsables, agentes retenedores y demás obligados, podrán diferir el pago de las obligaciones tributarias, escogiendo las vigencias a las cuales aplicar el beneficio, de la siguiente manera:
- En cuotas hasta el 31 de octubre de 2020, pagando el ochenta por ciento (80%) del capital sin intereses ni sanciones.
- En cuotas hasta el 31 de diciembre de 2020, pagando el noventa por ciento (90%) del capital sin intereses ni sanciones.
- En cuotas hasta el 31 de mayo de 2021, pagando el cien por ciento (100%) del capital sin intereses ni sanciones.
Cabe mencionar que este beneficio no aplica para el Impuesto Predial Unificado vigencia fiscal 2020, ni para el Impuesto de Industria y Comercio (ICA) año gravable 2019.