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Corte Constitucional ordena reintegro de 51 trabajadores de Emcali

Los empleados habían sido despedidos en 2004 por protagonizar una huelga.

25 de mayo de 2012 Por: Elpais.com.co

Los empleados habían sido despedidos en 2004 por protagonizar una huelga.

Los 51 trabajadores de Emcali que fueron despedidos en 2004 por participar en una huelga en mayo de ese año tendrán que ser reintegrados a la empresa.Así lo ordenó este viernes la Corte Constitucional, la cual señaló, a través de un comunicado, que a los trabajadores también se les tendrá que pagar los salarios que dejaron de recibir "desde el momento de la desvinculación y hasta el momento en que se realice efectivamente el reintegro".Frente al pronunciamiento de la Corte, Jorge Iván Vélez, presidente del Sindicato de Trabajadores de Emcali, Sintraemcali, manifestó que "es una decisión muy positiva y muy interesante, no sólo para los trabajadores de Sintraemcali, sino también para los trabajadores colombianos. Con esto se logró que a través de una acción de tutela se dejara sin piso jurídico la resolución que despidió a estos trabajadores".De acuerdo con Vélez, los 51 trabajadores despedidos se desempeñaban como vigilantes, conductores, obreros, operarios, supervisores e ingenieros de las diferentes unidades de negocio de Emcali "y tendrán que retornan a su cargo tal como lo obliga la ley. Indicó, además, que se esperará la notificación por parte de la Corte Constitucional sobre la decisión tomada. "De ahí en adelante lo que haremos es exigir que se cumpla lo ordenado por la Ley", aseguró el presidente de Sintraemcali.La huelga que tuvo lugar los días 24 a 26 de mayo del 2004 en las instalaciones del CAM fue declarada ilegal por el Ministerio de Protección Social, luego que los 51 trabajadores que la protagonizaron, en protesta por la intervención de la empresa a manos de la Superintendencia de Servicios Públicos, fueron despedidos.Sin embargo, la Corte Constitucional, ocho años después, consideró que "la declaratoria de ilegalidad de una huelga debía hacerse en ese momento a través de una autoridad judicial y no por una entidad administrativa, como finalmente ocurrió".Por tal motivo, el organismo decidió "amparar los derechos fundamentales a la asociación sindical, a la huelga y al trabajo, invocados por el Sindicato de Trabajadores de las Empresas Municipales de Cali" y así ordenar el reintegro de 51 de ellos.Para tomar la decisión, la Corte valoró las recomendaciones que el Comité de Libertad Sindical y la Organización Internacional del Trabajo hicieron al Estado para reintegrar a estos trabajadores.Cabe recordar que en diciembre del 2011, la juez 11 Penal Municipal de Cali, Carmen Emilia Maldonado, ordenó cinco días de arresto contra el gerente de Emcali, Ramiro Tafur, por desacato a una tutela que ordenaba, en ese entonces, el reintegro los empleados.Sin embargo, en febrero pasado, la Procuraduría General de la Nación solicitó la suspensión provisional de los efectos de esa tutela, cuyo fallo fue proferido por el Juzgado Segundo Penal del Circuito de Cali en octubre del 2011. Un mes después de proferirse dicho fallo, la Corte Constitucional inició su revisión hasta este viernes, cuando se conoció su inclinación a favor de los trabajadores de Emcali.

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