Este martes, 2 de septiembre, durante la Comisión Primera del Senado, que tenía el objetivo de discutir y votar los proyectos de ley vigentes, el senador Carlos Fernando Motoa, del partido Cambio Radical, elevó una solicitud para aclarar la participación del senador del mismo partido Temístocles Ortega.
La petición fue enviada a la Mesa Directiva de la Comisión Primera del Senado, en la cual Motoa cuestionó que su compañero continúa participando, a pesar de haber sido sancionado por su colectividad.
Por medio de su perfil oficial de X, Motoa recordó que Ortega fue sancionado por no acogerse a las decisiones del partido, lo que constituye una falta conforme a la Ley de Bancadas, que exige disciplina interna y acatamiento de las posturas oficiales de las colectividades.
"En la Comisión Primera Senado solicité a la Mesa Directiva explicar por qué si el partido Cambio Radical sancionó al Senador Temistocles Ortega por no acogerse a las disposiciones propias de la Ley de Bancadas, continúa teniendo voz y voto en esta célula legislativa", escribió Motoa.
A renglón seguido cuestionó: “¿Cuál es el punto de aprobar normas si el mismo Legislativo no pretende dar ejemplo ni darle cumplimiento?“.
El funcionario aclaró que su llamado de atención porque el tema fue discutido durante el día martes y el miércoles pasado, en la que el mencionado estuvo en desacuerdo y la acción llevó a la sanción del Senador Temistocles.
“El referéndum de iniciativa popular que busca reformar la carta política y usted recuerda que tanto el senador Benedetti como el suscrito integrante de cambio radical estamos respaldando esta iniciativa, pero también recordará que el senador Temistocles Ortega hizo una intervención en contra de ese proyecto de reforma constitucional de la iniciativa popular” declaró el funcionario.
Motoa recordó que tal sanción está respaldada por el artículo 108 y por ende, le corresponde a la Mesa Directiva darle cumplimiento a la decisión del partido.
“¿Por qué se desconoce lo que el Partido Cambio Radical estableció como sanción? Quisiera conocer los antecedentes legales, constitucionales, jurisprudenciales, ¿De por qué el incumplimiento a una norma que, insisto, tiene consagración constitucional?“, detalló.
Con base a esto, expuso que a pesar de que la persona sancionada puede acudir a una instancia judicial, esta debe notificar del cambio.
“¿Quién es sancionado, como por cualquier autoridad disciplinaria, podrá recurrir a instancias judiciales? Pero esas mismas instancias judiciales tendrá que notificar, si hay alguna suspensión o no, de la sanción impuesta, acaso que no ha ocurrido“, declaró.