Tras el anuncio del Gobierno Nacional desde China sobre un proyecto de Ley de Asamblea Nacional Constituyente, la Misión de Observación Electoral (MOE) emitió un documento en donde explica cuáles son las condiciones para que la iniciativa tenga éxito.

En primer lugar, el organismo advierte que tanto el Senado como la Cámara de Representantes deberán aprobar una ley en cuatro debates para hacerle saber a la ciudadanía sobre la convocatoria a una Asamblea Nacional Constituyente.

“Para la aprobación de la Ley, se requiere del apoyo de la mayoría de los integrantes del Senado y la Cámara”, señaló la MOE.

Al mismo tiempo, destacó que la iniciativa que llegue a apaorbar el Congreso de la República debe cumplir con cinco puntos claves: Convocatoria de la Asamblea Constituyente, número de integrantes de la Asamblea Constituyente, sistema de elección, temas de la Asamblea Constituyente y la fecha de su iniciación y su periodo.

Explicación de la MOE sobre la Asamblea Nacional Constituyente. | Foto: El País

Cuando el Legislativo apruebe oficialmente la Asamblea Constituyente tras haber superado todos los debates, pasa inmediatamente a la sanción presidencial y allí el jefe de Estado se encargará de remitir la Ley para la revisión de la Corte Constitucional.

Si los nueve magistrados del tribunal constitucional dan luz verde a la convocatoria de la Asamblea Constituyente, debe realizarse en un plazo entre los 2 y 6 meses siguientes. El tarjetón debe contar con: Opciones de voto ‘Sí’ y ‘No’ a la convocatoria y el listado de los temas que abordara la Asamblea.

La ciudadanía deberá votar SI O NO a la convocatoria de la Asamblea Constituyente. | Foto: Jorge Orozco- El País

“La convocatoria de la Asamblea Constituyente será aprobada cuando al menos una tercera parte de los integrantes del censo electoral voten afirmativamente. Teniendo en cuenta el censo actual, se necesitarían al menos 12.988.505 votos por el SÍ”, explicó la MOE.

En el momento en que esté aprobada por toda la ciudadanía colombiana y los temas de su competencia, en los posteriores 2 y 6 meses se va a convocar a la elección de sus integrantes y cuando ya esté conformada, el Congreso tendrá suspendido su facultad ordinaria para que la Constitución sea reformada en el plazo mencionado.

“La Asamblea deliberará y aprobará durante el periodo por el cual fue convocada los temas de su competencia. Es posible que la Asamblea decida convocar a la ciudadanía para que apruebe el nuevo texto o reformas constitucionales a través de un referendo”, puntualizó la plataforma de organizaciones de la sociedad civil colombiana.

El documento del proyecto de ley asegura que la iniciativa no busca reemplazar los logros alcanzados por la actual Constitución de 1991, sino actualizar aquellos aspectos que, según el ministro Montealegre, “se volvieron obsoletos”.