El Consejo Nacional Electoral (CNE) declaró una carencia de objeto frente a la solicitud de aprobación de la pregunta que definiría la precandidatura presidencial del Movimiento Político Pacto Histórico, consulta programada para el próximo 26 de octubre de 2025.

De acuerdo con la Resolución 10251 del 20 de octubre, la corporación consideró que no puede pronunciarse sobre el tema debido a una “situación sobreviniente” que dejó sin efecto la medida provisional decretada en septiembre. Esta decisión implica que el proceso continuará como una consulta interpartidista, y no como una interna del Pacto Histórico.

El Consejo Nacional Electoral (CNE) declaró una carencia de objeto (Imagen de referencia). | Foto: GUILLERMO TORRES

El fallo, además, aclara que los candidatos participantes cuentan con el aval de tres partidos con personería jurídica, la Unión Patriótica, el Polo Democrático Alternativo y el Partido Comunista Colombiano, lo que marca un precedente jurídico de cara a las elecciones presidenciales de 2026.

El CNE precisó que su decisión no afectará la realización de la jornada electoral del domingo 26 de octubre, pero sí delimita el alcance del proceso, se trata de una consulta entre partidos y no de una consulta del Pacto Histórico como movimiento político.

Según información publicada, la resolución deja sin efecto cualquier trámite adicional de aprobación solicitado por las colectividades, dado que el pronunciamiento ya no tendría validez práctica. El acto administrativo también reafirma que el CNE no puede avalar consultas de organizaciones sin personería jurídica plena.

La Misión de Observación Electoral (MOE) advirtió que la decisión tiene un impacto directo sobre el futuro político del exalcalde Daniel Quintero, quien se había inscrito como precandidato en la consulta, aunque posteriormente anunció su retiro.

La directora de la MOE, Alejandra Barrios, explicó que, conforme a la Ley 1475 de 2011, quienes se inscriben en una consulta interpartidista asumen compromisos jurídicos con los partidos que los avalan. “Retirarse no significa que pueda buscar un aval por fuera o recoger firmas”, sostuvo Barrios, al aclarar que la renuncia no elimina las obligaciones asumidas.

Esto significa que Quintero no podría participar en las elecciones presidenciales de 2026 por otra colectividad o grupo significativo de ciudadanos, pues la ley exige respeto por los resultados y compromisos de la consulta en la que fue inscrito.

Resolución del CNE confirma que ya no puede pronunciarse sobre la consulta del Pacto Histórico de este domingo 26 de octubre. | Foto: CNE COLOMBIA

El CNE puntualizó que su decisión no impide la participación de los otros dos precandidatos, Iván Cepeda y Carolina Corcho, quienes continuarán en la contienda programada para este domingo.

Con la resolución 10251, el Consejo Nacional Electoral cerró definitivamente el debate sobre la validez jurídica del mecanismo de consulta, reafirmando que el proceso se realizará únicamente entre partidos con personería reconocida, bajo las reglas establecidas por la legislación electoral vigente.