La Fiscalía se abstuvo de imponer una medida de aseguramiento en contra de Miguel Alfredo Maza Márquez, exdirector del extinto Departamento Administrativo de Seguridad (DAS), por su presunta participación en el magnicidio del candidato presidencial Carlos Pizarro Leongómez, ocurrido el 26 de abril de 1990.
El caso se mantiene bajo la Ley 600, por lo que la Fiscalía no tiene que sustentar esa petición ante un juez. En ese sentido, el ente acusador decidió reafirmar su vinculación con el caso, por lo que se continuarán las indagaciones en su contra.
La investigación revela que se habría presentado un presunto debilitamiento del esquema de seguridad asignado al aspirante, la filtración de información sobre sus desplazamientos y la posible articulación entre funcionarios del extinto DAS y estructuras paramilitares a cargo de Carlos y Fidel Castaño. Estas circunstancias habrían facilitado la ejecución del atentado y el posterior encubrimiento de sus responsables.
Las razones que llevaron a la Fiscalía a tomar esa decisión tienen que ver con su avanzada edad, estado de salud y la inexistencia actual de fines constitucionales que justifiquen una restricción preventiva de la libertad.
Hace pocos meses, y luego de permanecer 12 años preso por su responsabilidad en el magnicidio del candidato presidencial Luis Carlos Galán, Maza Márquez recuperó su libertad bajo condiciones.
Eso quiere decir que el general en retiro quedó bajo un periodo de prueba de 132 meses, 29 días y 13 horas, lo que equivale aproximadamente a 11 años y un mes, “contados a partir de la suscripción del acta de compromiso, previa constitución de caución prendaria en cuantía de cinco salarios mínimos legales mensuales vigentes”.
Lo que en su momento determinó la Corte Suprema de Justicia es que el exdirector del DAS apoyó a los grupos paramilitares, para que en conjunto con el Cartel de Medellín asesinaran al precandidato a la Presidencia de la República, Luis Carlos Galán, el exconcejal Julio César Peñaloza Sánchez y el escolta Santiago Cuervo Jiménez, así como por las lesiones recibidas por el escolta Pedro Nel Angulo Bonilla, en hechos ocurridos el 18 de agosto de 1989 en el municipio de Soacha (Cundinamarca).
Según la Corte Suprema, el entonces director del DAS hizo parte del plan para asesinar al dirigente político, debilitando su seguridad, objetivo con el cual nombró como jefe de escoltas a un hombre de su confianza, el teniente Jacobo Torregrosa, quien según la investigación, “no cumplía con los mínimos de experiencia para proteger al personaje público más amenazado del país para la época”. El tribunal dice que el teniente adoptó medidas para que el esquema de seguridad quedara “vulnerable”.
Además, la Corte documentó que presuntamente gracias al apoyo de Maza, se habría facilitado el ingreso al país del israelí Yair Klein, quien entrenó a miembros de las autodefensas del Magdalena Medio a finales de los 80, incluso a uno de las personas señaladas de ser el asesino de Galán, Jaime Rueda Rocha.
Maza Márquez intentó entrar a la JEP, pero esa entidad de justicia transicional lo rechazó en 2022 por presuntos vínculos con el paramilitarismo. Ya lo había hecho en 2020 por la muerte de Galán al considerar que estos hechos habían acontecido con anterioridad a la fecha que enmarca la competencia temporal de la JEP.