A partir del próximo 15 de julio de 2026, el mercado laboral en Colombia experimentará un cambio significativo en su estructura horaria. En cumplimiento de la Ley 2101 de 2021, la jornada laboral ordinaria pasará de 44 a 42 horas semanales, marcando el último tramo de la reducción gradual implementada para mejorar la calidad de vida de los trabajadores sin afectar sus ingresos mensuales.

Este ajuste tiene un impacto directo en la contabilidad de las empresas y en el bolsillo de los empleados. Al trabajar menos horas por el mismo salario, el valor de la hora ordinaria aumenta, lo que a su vez eleva el costo de las horas extra, los recargos nocturnos, dominicales y festivos.

El nuevo esquema establece un máximo de 42 horas semanales sin disminución salarial. | Foto: Alcaldía de Cali

Así cambian los valores con la nueva jornada

Hasta el 14 de julio de 2026, con una jornada de 44 horas, el divisor mensual utilizado es de 220 horas. Sin embargo, con la entrada en vigencia de las 42 horas semanales, el divisor pasa a ser de 210 horas mensuales.

Este ajuste impacta directamente en los pagos de la siguiente manera:

  • Hora ordinaria actual (hasta el 14 de julio): $7.959 pesos.
  • Nueva hora ordinaria (desde el 15 de julio): $8.338 pesos.
  • Valor del día laboral: Se mantiene en $58.363 pesos (salario dividido 30), ya que el ingreso mensual no disminuye.

Este ajuste no implica una reducción salarial. Por el contrario, al disminuir el número de horas trabajadas sin afectar el ingreso mensual, el valor de la hora ordinaria aumenta, lo que también repercute en el cálculo de recargos y horas extra.

La ley permite organizar estas horas en cinco o seis días a la semana, lo que significa que un trabajador podría laborar aproximadamente 8,4 horas diarias en una semana de cinco días, o cerca de 7 horas si se distribuye en seis días.

Esta flexibilidad busca que empleadores y trabajadores acuerden horarios que se ajusten a las necesidades operativas sin exceder el nuevo límite legal.

La reducción de horas no afecta el salario mensual de los trabajadores. | Foto: Semana

La normativa busca que Colombia se acerque a los estándares de la OCDE, fomentando una mayor eficiencia en el tiempo de trabajo. Las empresas deben tener en cuenta que el recargo nocturno (35%), la hora extra diurna (25%) y el recargo dominical o festivo (75%) se calcularán sobre esta nueva base horaria incrementada.

Es importante recordar que esta reducción es obligatoria para todos los trabajadores formales del sector privado y el incumplimiento de esta jornada máxima legal puede acarrear sanciones por parte del Ministerio del Trabajo.