El mes de diciembre es esperado con ansias por los trabajadores del país, debido a la prima de Navidad, una prestación social obligatoria, equivalente a un salario mensual, que reciben los trabajadores formales.

Esta es entregada por el empleador, en reconocimiento a los servicios prestados, y su propósito es brindar un apoyo económico adicional para los gastos de fin de año.

Pero no solo los trabajadores del sector privado la reciben, sino que también quienes se encuentran en el sector público.

La prima de Navidad, así como los incentivos para la Policía Nacional, se encuentran contemplados en el Decreto 1214 de 1990, la cual establece lo siguiente:

“Los empleados públicos del Ministerio de Defensa y de la Policía Nacional, tienen derecho a percibir anualmente la prima de Navidad equivalente a la totalidad de los haberes devengados en el mes de noviembre de cada año, la cual les será pagada en la primera quincena del mes de diciembre”.

Si el Policía no ha laborado el año completo, la prima se paga de forma proporcional al tiempo trabajado. | Foto: El País

El auxilio económico, que es regulado por el Decreto Ley 1045 de 1978, busca reconocer el servicio prestado durante todo el año.

Para los servidores públicos, se liquida sobre el salario devengado al 30 de noviembre.

Si el Policía no ha laborado el año completo, entonces la prima se pagará de forma proporcional al tiempo trabajado.

El monto se liquida con base en el último salario devengado o el promedio mensual, en caso de que el ingreso sea variable.

Cabe mencionar que el cálculo para los policías activos incluye también las primas técnicas, bonificaciones y los auxilios que sean reconocidos antes del cierre del mes de noviembre.

Ahora bien, el beneficio aplica para los uniformados que se encuentran en servicio activo, así como también para los servidores públicos que están vinculados a la Policía bajo contrato laboral.

Tenga en cuenta que quienes estén contratados por prestación de servicios, o sean trabajadores independientes o quienes devenguen un salario integral, no recibirán la prima de Navidad.

Se estima que este alivio económico lo recibirán más de 400.000 servidores públicos, entre ellos policías.

Por ejemplo, si un policía tiene un sueldo mensual de $2.500.000, la prima equivaldrá a ese valor; pero si el uniformado ingresó a mitad de año, el pago se calculará de manera proporcional, es decir que este recibirá $1.250.000.

En caso de no recibir la prima, el funcionario deberá presentar una reclamación ante la entidad o acudir hasta el Ministerio del Trabajo para dar a conocer la situación.

La prima de navidad es una prestación social obligatoria en Colombia | Foto: Colprensa