Economía
Prima navideña 2025: fórmula para saber cuánto le deben pagar; tome nota
La prima navideña no solo representa un derecho laboral, sino también un ingreso clave para afrontar los gastos de fin de año.
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18 de nov de 2025, 06:08 p. m.
Actualizado el 18 de nov de 2025, 06:12 p. m.
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A menos de dos meses de que se acabe el año 2025, miles de trabajadores esperan la llegada del mes de diciembre para festejar varias tradiciones colombianas como el Día de las Velitas, las novenas de aguinaldos, alboradas y cenas navideñas.
No obstante, también se preparan para recibir la tradicional prima de fin de año, un beneficio económico que complementa los ingresos en esta temporada y que forma parte de los derechos laborales consagrados en la ley.

Dicho pago reconoce el trabajo realizado durante el segundo semestre y se convierte en un alivio significativo para muchas familias en Navidad.
¿Cómo funciona la prima?
Esta pago de servicios equivale a treinta días de salario por cada año laborado, divididos en dos pagos: el primero en junio y el segundo en diciembre.
Para los trabajadores que cumplieron el semestre completo, el monto corresponde al 50 % del salario mensual. Cuando el periodo laborado es menor a seis meses, el pago se liquida proporcionalmente.
La fórmula oficial del Ministerio del Trabajo es: (Salario base X los días laborados) y este resultado se dividen en 360.
Si una persona gana un salario mínimo, y lleva más de seis meses laborando en una empresa, tendrán derecho a un pago de 811.750 pesos como saldo de prima para este último semestre.
Cabe destacar que dentro de este monto se tiene en cuenta el salario mensual ordinario, horas extras realizadas, la retribución adicional por trabajar los domingos y/o festivos, los recargos nocturnos y las bonificaciones salariales regulares que se hayan entregado y estén dentro del salario.

Para las personas que ganan menos de los dos salarios mínimos, el auxilio de transporte está incluido dentro del valor de la prima.
Este pago cobija a empleados con contrato a término fijo, indefinido y otras modalidades vinculadas a la protección laboral. Los empleadores, tanto del sector público como privado, están obligados a cumplir con su consignación, salvo excepciones específicas contempladas en la normativa.
Aquellos que laboran bajo la modalidad de contrato por prestación de servicios, trabajadores independientes sin vínculo laboral, practicantes con convenio de voluntariado o contratos que excluyen las prestaciones o tienen una modalidad especial son excluidos de esta prima.
Además, para aquellos que laboren en el sector privado, el abono debe realizarse antes del 20 de diciembre y en el área pública, los empleadores tienen como fecha límite para pagar la prima hasta el 15 de diciembre.
Estos plazos de tiempo están establecidos en el Código Sustantivo del Trabajo, por lo que retrasos pueden generar sanciones para los empleadores.

Comunicadora social con experiencia en comunicación organizacional, creación de contenido digital y redacción periodística y corporativa.
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