En Colombia, el sistema pensional no solo protege a quienes logran cumplir la edad y el número de semanas necesarias para jubilarse. La legislación vigente también establece una serie de beneficios a los que pueden acceder los ciudadanos a partir de un año de cotización, incluso si no alcanzan los requisitos para obtener una pensión de vejez.

El régimen pensional colombiano, regulado principalmente por la Ley 100 de 1993, contempla dos modalidades: el Régimen de Prima Media (RPM), administrado por Colpensiones, y el Régimen de Ahorro Individual con Solidaridad (RAIS), gestionado por fondos privados. Si bien ambos funcionan de manera distinta, comparten un principio clave: las cotizaciones realizadas generan derechos que no desaparecen con el tiempo.

La mesada pensional se recibe de manera mensual una vez la persona se retire de la vida laboral. | Foto: Guillermo Torres Reina

Entre los puntos más importantes y de interés de este sistema pensional están los requisitos para alcanzarla. Según el RPM, la edad mínima para que las mujeres se pensionen está entre los 57 años, mientras que para los hombres es de 62.

No obstante, en los fondos privados no hay una edad fija obligatoria, y la pensión depende del capital ahorrado y los rendimientos que el dinero obtuvo, por lo que la planificación y los aportes son clave en el futuro del cotizante.

El beneficio que se adquiere al año de cotizar pensión

Según la especialista en Seguridad Social, Lina Rood, uno de los puntos menos conocidos es que con solo 52 semanas cotizadas —equivalentes a un año— cualquier persona, sin importar la edad, adquiere protecciones importantes.

Entre ellas está el acceso a prestaciones económicas por invalidez derivada de enfermedad o accidente de origen común, a partir del día 180 de incapacidad, tal como lo establece la ley.

Un año cotizando basta para acceder a importantes protecciones del sistema pensional. | Foto: El País

De igual forma, si una persona está en el exterior y no cuenta con cobertura de salud, debe mantener los aportes en Colombia, ya que esto le ayuda a no perder el vínculo con el sistema y a conservar dichas garantías.

Además, en caso de fallecimiento del afiliado, las semanas cotizadas permiten que sus familiares dependientes —como hijos, pareja, padres o hermanos en condición de discapacidad— puedan solicitar una pensión de sobrevivientes, así como un auxilio funerario para cubrir los gastos del sepelio. Este derecho se mantiene sin importar la edad del cotizante.

Pese a que la pensión de vejez sigue siendo el objetivo principal para muchos trabajadores colombianos, la normativa demuestra que este aporte va más allá y respalda a las personas en sus momentos más vulnerables.