Las nuevas cargas tributarias presentadas por el Gobierno no solo afectarán a las empresas colombianas. La propuesta también contempla que las sucursales y establecimientos permanentes de compañías extranjeras pasen a ser contribuyentes del impuesto al patrimonio, lo que incrementa la presión fiscal sobre las compañías que operan en el país. En algunos sectores, advierten analistas, la carga tributaria total ya puede superar el 90 %.
Según los expertos, las sociedades extranjeras deberán pagar este gravamen cuando su patrimonio líquido en Colombia sea igual o superior a 200.000 UVT al 31 de marzo de este año, lo que equivale aproximadamente a $10.474 millones.
En cuanto a su funcionamiento, la base gravable del impuesto se calculará sobre el patrimonio líquido atribuible a las operaciones que estas compañías desarrollan en el país. La declaración deberá presentarse el próximo 30 de abril.
Ese día se pagará el 50 % del impuesto, mientras que el otro 50 % se cancelará el 1 de junio. Este calendario difiere del establecido para el resto de las sociedades, que deben cumplir con sus pagos el 1 de abril y el 4 de mayo.
La carga impositiva
Actualmente, la tarifa del impuesto de renta corporativo es de 35 %. Sin embargo, esta tasa solo aplica para empresas que no están sujetas a sobretasas. Por ejemplo, en sectores como el minero-energético y el financiero, que incluye bancos, fiduciarias, aseguradoras y compañías de factoring, la tarifa efectiva puede elevarse hasta el 40 %.
La presión fiscal no termina allí. Cuando las empresas generan utilidades, estas también están sujetas a tributación. En el caso de personas naturales, la tarifa puede alcanzar hasta 39%, mientras que para personas naturales o jurídicas extranjeras la tasa es de 20 %.
A este conjunto de gravámenes se suman otros tributos como el impuesto al valor agregado (IVA) de 19 %, el impuesto al patrimonio , vigente tras la última reforma tributaria, con tarifas entre 0,5 % y 5 %, y el impuesto de industria y comercio (ICA), cuya tarifa varía entre 0,4 % y 1,2 % dependiendo del municipio donde se generen los ingresos.
También deben considerarse el impuesto a las ganancias ocasionales, el gravamen a los movimientos financieros y los aportes parafiscales, que en conjunto superan el 4 %.
Uno de los principales riesgos que advierten los expertos es el impacto sobre la inversión extranjera. “Esto puede provocar que algunas empresas que hoy están en el país y tienen la posibilidad de trasladarse decidan hacerlo. Las que no puedan irse tendrán que realizar planeaciones tributarias abruptas ante la posibilidad de que las reglas cambien nuevamente”, señaló Lisandro Junco, exdirector de la Dian.
El exfuncionario agregó que las empresas extranjeras enfrentan un escenario complejo, especialmente si pertenecen a sectores como hidrocarburos o el financiero, donde además deben asumir sobretasas.
Por su parte, Bruce Mac Master, presidente de la Andi, afirmó que la norma “supone una afrenta a la democracia participativa y al principio de que no puede haber impuestos sin representación”, y advirtió que puede afectar la inversión productiva, la seguridad jurídica y la confianza de los inversionistas.
Varios analistas coinciden en que el problema no radica únicamente en una tarifa específica, sino en el efecto acumulado de los distintos impuestos a lo largo del ciclo económico de las empresas.
En ese sentido, César Cermeño, director de la maestría en Tributación de la Universidad de los Andes, señaló que la carga fiscal empresarial no solo se mide por los impuestos nacionales y territoriales, sino también por los elevados costos administrativos asociados a su cumplimiento.