Las personas afectadas por el terremoto ocurrido en Colombia el pasado 10 de agosto no pierden automáticamente el derecho a reclamar ante su compañía de seguros por no haber informado los daños dentro de los tres días siguientes al evento, aclaró la Federación de Aseguradores Colombianos, Fasecolda.
El pronunciamiento busca dar un mensaje de tranquilidad a las familias que todavía están atendiendo las consecuencias de la emergencia y que no han iniciado el trámite ante su aseguradora. De acuerdo con Fasecolda, el Código de Comercio establece, como regla general, que el asegurado debe informar a la compañía sobre la ocurrencia de un siniestro dentro de los tres días siguientes a cuando tuvo conocimiento de este.
Esta disposición busca que las aseguradoras puedan conocer oportunamente lo ocurrido y revisar las circunstancias del caso. Sin embargo, la Federación señala que el terremoto del 10 de agosto constituye un hecho notorio, ampliamente conocido y divulgado en el país.
En ese contexto, considera que el término de tres días no debe entenderse de la misma manera que en un siniestro ordinario, especialmente porque las compañías de seguros pudieron conocer la situación a través de distintos canales. A esto se suma que, ante una emergencia de esta magnitud, la prioridad de las personas afectadas es proteger su vida, atender a sus familiares y garantizar la seguridad de sus viviendas y bienes, antes que iniciar una reclamación ante una aseguradora.
¿Cuánto tiempo hay para reclamar?
Fasecolda explicó que el aviso inicial del siniestro y la reclamación formal son actuaciones diferentes. De acuerdo con las reglas generales de los contratos de seguro previstas en el artículo 1081 del Código de Comercio, las personas cuentan con un término de hasta dos años para presentar la reclamación y hacer valer sus derechos frente a la compañía aseguradora.
Por eso, no haber informado los daños durante los tres días posteriores al terremoto no debe interpretarse como la pérdida automática del derecho a reclamar. No obstante, la recomendación del gremio es contactar a la aseguradora o al intermediario de seguros lo antes posible, informar los daños identificados y solicitar orientación sobre el procedimiento y la cobertura de la póliza.
También se aconseja conservar los documentos y evidencias relacionadas con los daños, mantener abiertos los canales de comunicación con la aseguradora y atender las indicaciones que entregue la compañía para evitar que los perjuicios aumenten.
Fasecolda recordó que cada reclamación será analizada de acuerdo con las condiciones particulares de la póliza contratada, la información disponible y los daños que sean acreditados ante la compañía de seguros.
El sector asegurador manifestó su solidaridad con las personas afectadas por el terremoto y aseguró que está dispuesto a atender, orientar y acompañar las reclamaciones que se presenten. El mensaje principal, reiteró Fasecolda, es de tranquilidad: el vencimiento del plazo de tres días para dar aviso no debe entenderse como la pérdida automática del derecho a reclamar por los daños ocasionados por el terremoto del 10 de agosto.