El Ministerio del Trabajo presentó un proyecto de decreto que propone una nueva modalidad para la consignación de las cesantías, en la que los empleadores tendrían la posibilidad de dejar de consignar este pago cada año y pasar a realizar aportes mensuales al fondo elegido por el trabajador, siempre que exista un acuerdo entre ambas partes.
De acuerdo con el borrador publicado por la cartera gubernamental, que reglamenta el artículo 64 de la Ley 2466 de 2025, la iniciativa no elimina el sistema vigente de consignación anual ni modifica la naturaleza de esta prestación social, ya que el cambio de pago se aplicaría de manera voluntaria y coexistiría con el modelo tradicional.
Cabe recordar que hasta la fecha, los empleadores deben realizar el pago de las cesantías acumuladas durante el año a más tardar el 14 de febrero del año siguiente. De igual forma, los trabajadores reciben directamente los intereses de cesantías, equivalentes al 12 % anual sobre el valor causado, por lo que en la iniciativa estos beneficios no desaparecen.
Es decir, la propuesta también contempla que los intereses sobre las cesantías continúen reconociéndose, pero en dado caso de que la empresa y el colaborador lleguen a un acuerdo para realizar la consignación de este pago cada mes, la entidad debe consignar el equivalente al 8,33 % del salario base de liquidación al fondo de cesantías.
En dado caso que los casos donde el sueldo tenga otras variables, dicho cálculo tiene en cuenta el total de lo devengado durante cada periodo, pero lo más importante es que al final del año debe existir una liquidación definitiva para comprobar que el valor aportado coincida con lo que corresponde por ley.
De esta manera, el empleador y el trabajador podrían acordar un desembolso mensual equivalente al 1 % del salario base y, aunque las consignaciones se realizarían con mayor frecuencia, los recursos permanecerían en el fondo de cesantías y solo podrían retirarse bajo las condiciones previstas de la legislación colombiana.
“Las cesantías no son solo una obligación legal: representan una herramienta de protección económica y una oportunidad de ahorro que puede marcar la diferencia en momentos decisivos de la vida laboral”, reiteró la cartera de Trabajo.
Mientras tanto, el documento sigue en etapa de proyecto y aún no rige en la nación. Para que el nuevo modelo pueda implementarse, deberá ser expedido oficialmente y adaptarse la Planilla Integrada de Liquidación de Aportes (PILA), así como los sistemas operativos de los fondos de cesantías.