Ocho proyectos de decreto fueron publicados por el Ministerio del Trabajo que tienen el objetivo de derogar o modificar normas laborales expedidas durante el cuatrienio del Gobierno del expresidente Gustavo Petro. Están dispuestos a recibir opiniones, sugerencias o propuestas alternativas por parte de la ciudadanía.

Los borradores fueron publicados este viernes 16 de octubre y hasta el próximo lunes 9 de noviembre van a estar disponibles para los comentarios. En estos podrán participar trabajadores, empresas, organizaciones y ciudadanos.

Entre los temas abarcados en los proyectos se encuentran la contratación de trabajadores mediante terceros, los pactos colectivos, los aportes a la seguridad social de los repartidores de plataformas digitales y la protección de las víctimas de acoso laboral.

La cartera liderada por la ministra Natalia López advierte que no significa que se vayan a eliminar derechos laborales o que se retroceda en la protección de los trabajadores. | Foto: José L Guzmán. EL País

Una vez se cierre el proceso de la participación de la ciudadanía, el Ministerio del Trabajo analizará todos los comentarios y sugerencias previo a tomar las decisiones sobre las disposiciones que finalmente se expedirán.

Y es que la cartera liderada por la ministra Natalia López advierte que no significa que se vayan a eliminar derechos laborales o que se retroceda en la protección de los trabajadores, sino que se ajustará la reglamentación a las competencias del Gobierno Nacional y que los nuevos decretos no tengan obligaciones o sanciones que no se encuentran en la ley colombiana.

“El Ministerio del Trabajo reitera su compromiso con el diálogo social. Ordenar la regulación laboral no es retroceder, es darles a los derechos de los trabajadores una base que nadie pueda tumbar”, aclaró en su comunicado la dependencia de la Casa de Nariño.

Lo que propone cada proyecto

Estos son los decretos y las explicaciones generadas por la cartera laboral en su misiva:

  • Tercerización ilegal (Decreto 581). Se deroga porque fijaba multas muy por encima de las que permite la ley y reproducía normas que el Consejo de Estado ya había anulado. La tercerización ilegal sigue prohibida por la ley y el Ministerio la seguirá sancionando.
  • Pactos colectivos (Decreto 992). Se deroga y el depósito de los pactos vuelve a las reglas del Código Sustantivo del Trabajo. Sigue vigente la prohibición legal de firmar pactos colectivos cuando el sindicato agrupa a más de la tercera parte de los trabajadores.
  • Medidas preventivas de inspección (Decreto 720). Se reemplaza por reglas claras. Los inspectores conservan la facultad de actuar ante un riesgo, y cada medida deberá estar motivada, ser temporal, poder revisarse y tener los recursos que fija la ley.
  • Repartidores de plataformas (Decreto 991). Los aportes se calculan sobre el 40% de lo que el repartidor realmente gana, como dice la ley, y no sobre un salario mínimo que muchos no alcanzan.
  • Acoso laboral, violencia y discriminación (Decreto 1040). Se mantienen la prevención y la atención a las víctimas, incluida la protección especial de seis meses frente al acoso sexual. La atención psicológica queda a cargo de las ARL, y se retiran las presunciones y reglas de prueba que solo puede crear la ley.
  • Multa por despido de víctimas de acoso sexual (Decreto 405). Se mantiene, y ahora se gradúa también según la gravedad de la conducta, respetando el mínimo de la ley.
  • Trabajo doméstico (Decreto 993). La inspección podrá hacerse sin entrar a la vivienda, en respeto a la intimidad del hogar, y el seguimiento se hará en la Mesa del Convenio 189 de la OIT.
  • Periodistas y comunicadores (Decreto 660). Se ajusta a lo que establece la Ley 2466 de 2025.