Hace dos años se expidió el decreto que permite cotizar por semanas. 120.000 colombianos se han favorecido. ¿Los empleadores están cumpliendo la norma? Le contamos.
Hoy en día no hay excusa para que los trabajadores colombianos no coticen al sistema de seguridad social (pensión, salud, riesgos profesionales y cajas de compensación social). Lea también: Trabajadores por días pueden cotizar a pensión. Los empleados formales han tenido tradicionalmente este beneficio y, desde hace dos años, los trabajadores por días también tienen la posibilidad de sumar semanas para la pensión y de estar protegidos de cualquier riesgo laboral. En noviembre de 2013, el Gobierno Nacional expidió el decreto 2616 que regula la cotización a seguridad social por semanas y obliga a que a todo trabajador doméstico que labore por días (entendido como empleados del hogar, conductores, jardineros, cuidadores de fincas, meseros, algunos trabajos de oficina, entre otros) debe pagársele la seguridad social. Sin embargo, dos años después de la medida aún queda mucho camino por recorrer. Según información del Dane, en Colombia había el año pasado 709.909 trabajadores del servicio doméstico, de los cuales el 95 % eran mujeres y un 44 %, es decir 313. 909, estaba entre los 41 y 60 años de edad. Cifras dadas a conocer por el ministro de Trabajo, Luis Eduardo Garzón, indican que al mes de noviembre del 2015 había en el país 120.000 trabajadores domésticos afiliados al sistema de seguridad social en el país. Eso quiere decir, que solo el 17 % de los trabajadores domésticos del país han logrado cotizar para pensión, cajas de compensación y riesgos profesionales. Somos conscientes que tanto empleadores como trabajadores a veces encuentran muchas dificultades y la idea es que les facilitemos ese proceso. El país necesita que para lograr una mejor situación en la vejez, los trabajadores se formalicen, y esa es nuestra obligación, afirmó el Ministro. Si se mira solo en el tema pensional las cifras son aún más bajas. Datos de Colpensiones muestran que a la fecha hay 15.600 personas en el país que han cotizado para su pensión por semanas, es decir, que están aprovechado la norma. De esta cifra el 77 % son mujeres. Según Raúl Vargas, vicepresidente Comercial y de Servicio al Ciudadano de Colpensiones, la norma ha funcionado en la medida en que está llegando a los trabajadores domésticos, que era el principal objetivo. Por ejemplo, explicó que de los afiliados a pensión por semanas 3917 personas declararon laborar en el servicio doméstico, pero otras 6933 no dijeron su actividad. También aparecen cotizando por semanas trabajadores dedicados a servicios particulares, auxiliares administrativos, entre otros. Agregó Vargas que para lograr que más trabajadores aprovechen la norma, se requiere de la continúa divulgación de la misma y aseguró que por ello, en alianza con el Ministerio de Trabajo se están haciendo eventos en diferentes ciudades para facilitar las afiliaciones. La expectativa de Colpensiones es que para el primer semestre del 2016, el número de personas cotizando por semanas se duplique, pues se ha realizado un amplio trabajo de conscientización. Hay algo muy importante que tiene que tener en cuenta la gente y es que en la medida en que coticen podrán acceder en el futuro a una pensión tradicional de vejez o a una pensión familiar que se logra al juntar las cotizaciones de los esposos, afirmó. ¿Cómo funciona? La cotización por semanas está orientada a los trabajadores domésticos u otras personas que laboren por días y que tengan un contrato de trabajo. Además deben tener una remuneración menor al salario mínimo y preferiblemente Sisben. Los empleadores son los responsables de hacer los respectivos pagos a la seguridad social (ver recuadros). Luz Mary Barona, coordinadora de acompañamiento al cliente de Comfandi, asegura que hoy en día hacer la afiliación y los pagos a la seguridad social de los trabajadores por semana es muy fácil, pues ya se superó la etapa de aprendizaje y los inconvenientes que se pudieron presentar al inicio de la implementación de la norma han sido superados. De esta forma, cuando un empleador quiere hacer este trámite, para uno o más trabajadores por día que tenga a su cargo, tiene varias alternativas: acudir directamente a la sede de un operador autorizado (En Cali el trámite se puede hacer con la compañía Simple aliada de Comfandi o Miplanilla.com de Comfenalco Valle, o con algunas cooperativas facultadas para esta labor); También puede hacerlo vía telefónica o presencial con planilla asistida o totalmente en línea por internet. Al respecto, Yaneth Flórez Martínez, consultora de Simple, explicó que el empleador no tiene que salir de la casa para cumplir con esta obligación, pues a través de internet puede hacer el registro, llenar la planilla y ejecutar el respectivo pago en línea. Si tiene dudas tenemos una línea telefónica donde una auxiliar de información le colabora en el proceso y se llena la planilla de forma asistida, el pago se puede hacer en los bancos o en el caso de Simple en los supermercados de Comfandi. Agregó la señora Flórez que cada día hay más conciencia de los empleadores sobre la responsabilidad que tienen frente a los trabajadores por días. Pero David Rojas, gerente de la firma soportejurídico.com opina que aunque hay muchos empleadores formalizando la relación laboral con sus trabajadores, todavía hay camino por recorrer para que normas como el decreto 2616 del 2013 se cumplan. Las dudas sobre el tema siguen, pero sobre todo hay una situación cultural por cambiar, aún quedan empleadores que le hacen el quiebre a la norma y de confianza con sus colaboradores no hacen las afiliaciones o son los mismos empleados los que se muestran reacios, dijo. Se estima que en Colombia hay 1,5 millones de personas que trabajan por días, es decir, que todavía falta mucho terreno por cubrir. Lo que debe saber sobre la seguridad social por días RequisitosPara beneficiarse de la cotización a la seguridad social por semanas se deben cumplir tres requisitos básicos: el trabajador debe tener un contrato parcial, escrito o verbal; laborar menos de 30 días y ganar menos del salario mínimo al mes. ObligacionesLa obligación de pagar la seguridad social a los trabajadores por días es del empleador. La norma cobija a trabajadores del servicio doméstico, jardineros, meseros y los que laboren por días en comercio, construcción o agro. Cuánto pagarEl trabajador por días tiene derecho al pago de pensión, caja de compensación y riesgos laborales. El primero corresponde al 16 % (compartido 12 % el empleador y 4 % el trabajador). El aporte a la Caja es de 4 %. La persona debe tener Sisben. La cifra a pagar se calcula con el valor del salario mínimo. Dónde cancelar El Gobierno autorizó a varios operadores que realizan estos trámites y el pago se puede hacer en línea. Para ello se diligencia la Planilla Integrada de Liquidación de Aportes (Pila). En Cali operan, entre otros, las firmas Simple o Miplanilla.com. Multas El decreto 2616 que reglamenta la cotización por días a la seguridad social incluyó multas de hasta mil salarios mínimos mensuales legales vigentes por inclumplir. Cualquier inquietud se puede resolver llamando al 120 desde cualquier celular.