Cuando las personas hacen su declaración de renta y pagan ante la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales (DIAN), sucede con frecuencia que aplican para beneficios tributarios, descuentos y deducciones, o en otros casos, debido a pagos anticipados y retenciones que superan el valor de los impuestos totales, esto genera saldos a favor para el contribuyente, es decir, que la DIAN debe devolverles un dinero de diferencia.
Este saldo a favor bien pueden utilizarlos para pagar su siguiente declaración de renta o solicitar una devolución para que la Dian gire el dinero a la cuenta del contribuyente. En este último caso, la entidad cuenta con un mecanismo para devolver los saldos a favor de forma automática, puesto que se realiza todo desde la virtualidad a través del Servicio Informático de Devoluciones y Compensaciones.
Para este año, la Dian informó que agilizaron el proceso buscando que se resuelva en máximo 15 días hábiles, lo que quiere decir que la persona que solicita la devolución de su saldo a favor, si cumple con los requisitos, puede recibir su dinero en la cuenta durante este periodo de tiempo.
Todas las personas pueden realizar este trámite, quienes declaran renta y responsables de IVA, así como quienes apliquen el formulario 210. Es importante que lo tengan en cuenta quienes tienen saldo a favor de la declaración de renta del 2025, así como los que vienen acumulando saldos desde el 2023, puesto que se pueden solicitar hasta dos años después de haber pagado los impuestos.
Los requisitos que deben cumplir las personas para solicitar su saldo a favor y que les sea desembolsado en sus cuentas, son los siguientes: los gastos descontables deben estar soportados con facturas electrónicas, de lo contrario no podrá aplicar a este mecanismo. También se exige tener el Registro Único Tributario (RUT) actualizado, completamente diligenciado y sin errores.
Asimismo, la persona debe contar con una cuenta de ahorros o cuenta corriente, a su nombre, en una entidad bancaria que esté vigilada por la Superintendencia Financiera. Debe adjuntar un certificado de cuenta que no supere un mes de expedición.
Es importante también que la persona esté al día con sus obligaciones financieras, porque si está reportado en centrales de riesgo podría tardarse más el trámite, porque la entidad se toma el tiempo para analizar a fondo la solicitud.
De acuerdo con información de El Tiempo, la devolución directamente en la cuenta del contribuyente depende del monto, si es inferior a 1000 UVT, lo que equivale a $52.374.000, podrán transferirse directamente a la cuenta del titular.