Denominado ‘Paz con la Naturaleza en Colombia’, la jornada de este próximo 17 de abril modificará el funcionamiento de entidades públicas y algunos plazos administrativos, a pesar de no ser un festivo nacional sino resultado de un decreto ordenado por parte del gobierno nacional.
Se trata del Decreto 500 de 2024, que estableció que el tercer viernes de abril de cada año será considerado como día cívico. Este año esa fecha será el 17 de abril, fecha en la que las entidades de la Rama Ejecutiva a nivel nacional suspenderán actividades y atención al público.
Esta decisión aplica principalmente para ministerios, departamentos administrativos y superintendencias. Al no tratarse de un festivo nacional, su impacto es limitado en comparación con los días de descanso obligatorio que han sido definidos previamente por la ley.
Según el decreto, las entidades territoriales, las ramas Legislativa y Judicial, junto con organismos autónomos, podrán decidir con independencia si deciden adoptar o no la jornada como día no hábil. Lo anterior implica que, a pesar de de promulgado desde el gobierno nacional, en varias regiones del país podría mantenerse la actividad institucional sin presentar cambios ni suspensiones debido a la jornada.
De igual manera, cabe aclarar que esta medida no aplica para servicios esenciales, como salud, policía, atención de emergencias, movilidad y seguridad, los cuales deberán operar con normalidad con el objetivo de garantizar la continuidad de funciones indispensables.
En el sector privado, este día no tiene carácter obligatorio, por lo que las empresas serán las que decidan si se acogen o no a la medida, puesto que no existe la obligación de suspender labores ni dar el día libre a los trabajadores.
En cuanto a los recargos adicionales que se establecen para festivos, en esta ocasión, al no tratarse de un festivo legal, la jornada no genera recargos adicionales. Quienes presten sus servicios durante este día recibirán su remuneración habitual, como en cualquier día hábil ordinario.
Por su parte, en las entidades nacionales la suspensión de actividades implica que los trámites administrativos programados para ese día deberán ser reprogramados. Este caso es de especial importancia para la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales, que confirmó que los vencimientos tributarios previstos para este viernes 17 de abril se trasladarán al lunes 20, es decir al lunes de la próxima semana.
Este cambio generará un efecto en cadena en el calendario fiscal, puesto que los plazos en Colombia se calculan en días hábiles. Por esto, los contribuyentes y directivos de empresas deberán revisar sus obligaciones y las fechas para evitar caer en incumplimientos.