Con el paso de los últimos meses, especialmente desde que se promulgó la reforma laboral impulsada por el actual gobierno, el gremio de las empleadas domésticas ha ido ganando importantes frentes de batalles en materia de derechos.

Esto ha ocurrido luego de años en los que su labor en hogares oficinas y espacios públicos no fuera reconocida ni remunerada, especialmente al pago de sus prestaciones legales y otros rubros de los que son beneficiarias según el sistema laboral vigente.

Este gremio se ha hecho acreedor a cada vez más reconocimiento en materia laboral. | Foto: Colprensa

Una de las leyes que dictamina el cumplimiento de dichos cumplimientos es la 2466 de 2025, que introdujo cambios en horarios de trabajo, cotización a salud y pensión y el derecho a un contrato por escrito, un hecho que marcó un antes y un después entre las partes involucradas y hace más visible estos procesos de manera que las autoridades puedan velar con mayor rigor y facilidad su cumplimiento.

Aparte de cuestiones que no se pueden dejar de lado por parte del contratante, entre las que están el pago cumplido del salario, la afiliación al sistema general de seguridad social, aportes a pensión, salud y riesgos laborales, también hay otro aporte que se debe garantizar a las empleadas: la dotación con la que dichas trabajadoras realizan sus labores.

Según el Ministerio del Trabajo, las trabajadoras tienen derecho a dicha dotación, que consta de calzado, vestido de labor (pantalón y camisa) cada cuatro meses.

Sin embargo, la ley también deja ver un vacío: solo se debe pagar cuando la remuneración de la empleada sea igual o menor a dos salarios mínimos legales vigentes y hayan cumplido más de tres meses de labores.

La remuneración de su labor es uno de los deberes más importantes por parte de los empleadores. | Foto: Diseño Jesús Chacín/El País

La entrega de esta dotación debe darse en plazos máximos, el 30 de abril, el 31 de agosto y el 20 de diciembre. De acuerdo con el artículo 234 del Código Sustantivo del Trabajo, el trabajador tendrá que ofrecer esta dotación en especie.

Cabe señalar la importancia de dejar una constancia escrita de la entrega, que esté firmada por ambas partes. La trabajadora debe comprometerse a usar la dotación exclusivamente para fines laborales, puesto que la utilización indebida podría llevar a que el empleador no tenga la obligación de hacer la siguiente entrega, en una fecha posterior.

Pese a que la no entrega no implica sanciones económicas de ningún tipo, el Ministerio del Trabajo recordó que lo que orden tiene un carácter orientador, y debe entenderse como una guía jurídica acerca de las condiciones laborales y de seguridad social que deben establecerse para garantizar un entorno seguro.