El superintendente Alfredo Enrique Piñeres aseguró que quienes pagaron comparendos impuestos por cámaras investigadas por presuntas irregularidades deberán acudir a mecanismos jurídicos como derechos de petición, tutelas y demandas para buscar el reintegro de los recursos cancelados.

La Superintendencia de Transporte anunció esta semana que investiga más de 7,5 millones de comparendos impuestos por cámaras de fotodetección en Colombia, de los cuales 2,7 millones corresponden a Cali, la ciudad con más casos en el país. La entidad encontró posibles irregularidades relacionadas con la ausencia del denominado “concepto de desempeño”, un requisito técnico obligatorio para operar estos sistemas.

En diálogo con El País, el superintendente de Transporte, Alfredo Enrique Piñeres, explicó qué deben hacer las personas que recibieron multas entre el 10 de diciembre de 2018 y el 21 de noviembre de 2024 y ya pagaron sus comparendos.

“Los que están en esos intervalos de tiempo y les hayan impuesto comparendos en los 37 organismos de Tránsito investigados no deben cancelarlos”, afirmó Piñeres, al señalar que la Superintendencia buscará que esas sanciones sean revocadas y eliminadas de las bases de datos de tránsito.

En Cali han instalado recientemente la señalización en lugares donde hay cámaras de fotodetección. | Foto: José Luis Guzmán. El País / Montaje: Semana

Sin embargo, el funcionario aclaró que la situación es distinta para quienes ya pagaron las multas durante ese periodo. Según dijo, esas personas deberán iniciar acciones jurídicas para reclamar la devolución de su dinero.

“Deben empezar los trámites bajo los mecanismos jurídicos que existen, que son derechos de petición, tutelas, demandas, acciones populares y demás, con el fin de que les hagan el reintegro de su dinero”, explicó el superintendente.

Piñeres precisó además que este proceso deberá hacerse directamente entre cada ciudadano y el organismo de tránsito donde pagó el comparendo. “Este es un tema directo entre el usuario que pagó su multa y el organismo de Tránsito al que le canceló el comparendo”, sostuvo.

La investigación de la Supertransporte se basa en la Ley Julián Esteban 2251 de 2022, que ordenó revisar las ayudas tecnológicas utilizadas para imponer comparendos y sancionar posibles irregularidades en su operación. Durante ese análisis, la entidad revisó 533 autorizaciones de cámaras otorgadas por distintas autoridades nacionales.

Las camaras de fotodetección están instaladas en diferentes cruces semafóricos en la ciudad. | Foto: Secretaría de Movilidad de Cali / Montaje: Semana

Según el superintendente, Cali acumuló el mayor número de casos debido a que nunca habría obtenido el concepto de desempeño exigido para operar las cámaras. “Ni Cali ni el Valle del Cauca contaban con el concepto de desempeño y, por lo tanto, absolutamente todos los comparendos que se hayan impuesto durante el periodo de tiempo mencionado se caen”, afirmó.

La Superintendencia sostiene que las autoridades de tránsito investigadas fueron divididas en tres grupos: las que nunca solicitaron el concepto de desempeño, las que lo tramitaron a nombre de concesionarios privados y las que lo obtuvieron después de poner en funcionamiento las cámaras.

Finalmente, Piñeres indicó que los organismos de tránsito investigados tienen 15 días para presentar recursos frente a la investigación y que, una vez exista una orden formal de la Supertransporte, contarán con hasta 30 días hábiles para revocar los comparendos cuestionados.