En Colombia para poder conducir cualquier tipo de vehículo, las personas deben de cumplir con varios requisitos que los puedan certificar como ‘apta’, tanto mental y físicamente.
Además de conocer las respectivas señalizaciones viales y normas de tránsito como lo es el exceso de velocidad.
Ante estos hechos, los agentes de Tránsito realizan su trabajo con el debido proceso para sancionar a aquellos conductores que excedan la velocidad, dependiendo del tipo de vía.
Pero cabe recordar que de igual forma existen normativas que penalizan a quienes conducen a baja velocidad en condiciones que afectan la circulación continua en las vías.
¿Cuál es la sanación por conducir a baja velocidad?
Según en lo establecido en el Código Nacional de Tránsito, específicamente bajo la infracción C25, que sanciona a los conductores que circulen por el carril izquierdo a una velocidad que pueda obstruir el flujo vehicular, cuando hay más de un carril disponible.
Además, el Ministerio de Transporte, indica que la sanción establecida para este comportamiento equivale a 15 salarios mínimos legales diarios vigentes (SMLDV), lo que representa $604.100 en 2025, según lo establecido por la Unidad de Valor Básico (UVB).
¿Cuándo se aplica la sanción por conducir despacio?
Cuando un conductor circula por el carril izquierdo a una velocidad inferior a la del flujo normal del tráfico, este llega a generar un obstáculo para otros vehículos que transitan a un ritmo adecuado.
Este tipo situación también puede llegar a representar un tipo riesgo para la seguridad vial, debido a que puede provocar frenadas bruscas, maniobras inesperadas y congestión innecesaria en la vía.
“Transitar, cuando hubiere más de un carril, por el carril izquierdo de la vía a velocidad que entorpezca el tránsito de los demás vehículos”, dice la infracción C25 en el Código Nacional de Tránsito.
Límites de velocidad permitidos según la vía
Los límites de velocidad están regulados por la Ley 2251 de 2022, también conocida como Ley Julián Esteban. Según esta norma, los máximos permitidos son:
- Zonas escolares y residenciales: 30 km/h
- Vías urbanas y municipales: 50 km/h
- Vías rurales: 80 km/h
- Carreteras nacionales y departamentales: 90 km/h
- Vías de doble calzada sin pasos peatonales: 120 km/h
De esta manera, es importante tener en cuenta las velocidades permitidas para cualquier tipo de contextos desde la local hasta las intermunicipales.
Además que el exceso de velocidad sigue siendo común entre los conductores, como lo han señalado autoridades de tránsito en diferentes regiones del país, y también son motivo de multas por la infracción C29 o de exceder los límites de velocidad.
La infracción C 29 es conducir un vehículo a velocidad superior a la máxima permitida, la cual puede ser impuesta por medio electrónico o manual, por lo tanto, tendrán diferentes condiciones a la hora de saber si deben pagarse o no las infracciones.