Luego de que el Gobierno Nacional diera a conocer el decreto 1444 de 2026, que prohíbe la importación de bienes producidos total o parcialmente mediante trabajo forzoso u obligatorio, varias dudas comenzaron a surgir sobre si peligra la operación en el país de plataformas como Temu o Shein, que se han convertido en una de las favoritas de los consumidores en todo el mundo, y especialmente en Colombia.

Y es que, la norma, basada en la Constitución Política, señala que no podrán ingresar al territorio aduanero colombiano los bienes que hayan sido extraídos, producidos, manufacturados o transformados mediante trabajo forzoso, en concordancia con el artículo 17, donde “se prohíbe la esclavitud, la servidumbre y la trata de seres humanos en todas sus formas”.

Pero, además, el decreto toma como referencia la definición establecida por el Convenio 29 de la Organización Internacional del Trabajo (OIT), dónde en términos generales, se considera trabajo forzoso “todo trabajo o servicio exigido a un individuo bajo la amenaza de una pena cualquiera y para el cual dicho individuo no se haya ofrecido voluntariamente”.

Por ello, a partir de ahora, el Gobierno Nacional, indicó que la DIAN tendrá facultades para realizar controles, investigaciones, solicitar información y, cuando corresponda de acuerdo con el procedimiento establecido, adoptar medidas como la aprehensión y el decomiso de mercancías.

Shein y Temu tratan de buscar una política fiscal más flexible, pero no se ve ambiente en el Gobierno Trump para alcanzarlo. (Photo by Stefani Reynolds / AFP) | Foto: AFP or licensors

Así las cosas, muchos pensarían que plataformas de venta como Temu o Shein podrían entrar en esa prohibición, dado que algunas personas tienen constantes denuncias sobre moda rápida y explotación laboral.

Sin embargo, por el momento, la expedición del decreto no representa un veto general a Temu, Shein ni demás plataformas de comercio electrónico internacionales.

Esto, porque la norma no establece que los productos provenientes de determinados países o que sean comercializados por una plataforma específica estén prohibidos.

La Policía Fiscal y Aduanera y la Dian adelantaron controles en establecimientos del centro de Cali. | Foto: El País.

Lo que contempla es un mecanismo para investigar mercancías cuando existan elementos que permitan establecer que fueron producidas mediante trabajo forzoso.

Por lo tanto, el simple hecho de realizar una compra en Temu o Shein no significa que el pedido vaya a ser retenido o prohibido por esta nueva disposición.

De hecho, para quienes sí aplique el decreto, hay que decir que este contempla garantías de debido proceso, defensa y contradicción para los importadores.

No obstante, su aplicación, según la normativa, busca que, “la prohibición de importar bienes producidos mediante trabajo forzoso u obligatorio constituya una medida orientada a proteger la dignidad humana, garantizar la efectividad de los derechos fundamentales, prevenir la incorporación al mercado nacional de bienes vinculados con graves vulneraciones de derechos humanos y asegurar el cumplimiento de las obligaciones internacionales asumidas por Colombia”.