Una nueva disposición legal en Colombia obliga a las instituciones educativas a garantizar clases virtuales para estudiantes que enfrenten condiciones que les impidan asistir presencialmente, priorizando el acceso a la educación sin excusas ni exclusiones.

La medida, respaldada por el Decreto 1860 de 1994, responde a un compromiso con la equidad educativa y plantea nuevos desafíos logísticos y pedagógicos en las instituciones.

¿Qué se conoce de esta Ley?

La educación es un derecho fundamental que, según las leyes colombianas, debe estar garantizado para todos los ciudadanos sin importar sus condiciones sociales, económicas o de salud.

En ese contexto, el Decreto 1860 de 1994 establece no solo la obligatoriedad de cursar al menos un año de preescolar y nueve de educación básica, sino también la posibilidad de acceder a la formación de manera no presencial cuando existan impedimentos justificados.

Este marco legal cobra relevancia en un momento en que, según cifras globales, más de 244 millones de niños, niñas y jóvenes en el mundo no han podido acceder a la escolarización formal por diversos factores.

Colombia, al igual que otros países, busca mitigar esta situación asegurando que la educación no dependa exclusivamente de la presencialidad.

Esta medida sería tomada en casos específicos. (Imagen de referencia). | Foto: El País

Sobre casos excepcionales

La norma contempla que si un estudiante enfrenta condiciones particulares, como vivir en zonas rurales de difícil acceso, presentar alguna discapacidad física o mental, o encontrarse en situaciones socioeconómicas adversas, las instituciones educativas deben implementar modalidades virtuales que garanticen la continuidad del aprendizaje.

Esta obligación no se limita a niños y adolescentes, también cobija a adultos que, por diferentes razones, no pudieron completar su formación académica.

De esta manera, el sistema educativo se ve llamado a diversificar sus formatos, ampliando la cobertura mediante el uso de tecnologías de la información y comunicación (TIC).

Los adultos quienes no hayan terminado sus estudios de bachillerato, también podrán acceder. (Imagen de referencia). | Foto: 123rf

Aunque la ley representa un avance en términos de equidad, su aplicación efectiva supone varios desafíos, pues se requieren modificaciones en términos de infraestructura y disponibilidad de equipos en las instituciones.

Además, se requiere capacitar a docentes en metodologías pedagógicas adaptadas al entorno digital, así como garantizar conectividad y acceso a dispositivos en comunidades vulnerables.

Es importante señalar que la modalidad virtual no puede ser tomada como una opción libre por parte del estudiante o sus acudientes. Para acceder a esta, deben demostrarse condiciones específicas que dificulten la presencialidad.

Solo bajo ese criterio, los colegios están obligados legalmente a garantizar la educación en línea.

Así, lejos de convertirse en una opción para evitar la asistencia al aula, esta alternativa busca proteger el derecho a la educación de quienes realmente lo necesitan, cerrando brechas y evitando que las circunstancias personales limiten el acceso al conocimiento.