Como consecuencia del aumento en el número de vehículos automotores en el país, son cada vez más comunes los casos de personas que buscan modificar sus vehículos para agregar su toque personal y diferenciarse del resto que se transportan por las principales vías de Colombia.

Entre estas modificaciones están las calcomanías, un detalle estético bastante común entre motociclistas, cuyo uso excesivo podría comprometer su bolsillo, pues se podría convertir en un motivo de sanción por parte de las autoridades.

Algunas modificaciones también se ubican en las farolas de estos vehículos. | Foto: Imagen creada con Gemini

Según la Ley 769 de 2002, aquellos adhesivos que alteren la visibilidad o el color del vehículo registrado en la licencia de tránsito pueden hacerlo acreedor a una multa de $ 321.839 para el presente año y, en aquellos casos más extremos, hasta la inmovilización del vehículo.

Frente a estas prácticas, la ley en Colombia es clara. El artículo 131 del Código Nacional de Tránsito establece, por ejemplo, que es infracción “conducir un vehículo con propaganda, publicidad o adhesivos en sus vidrios que obstaculicen la visibilidad”.

Esta es conocida como la infracción B11, que además de la multa puede derivar en la retención de la moto.

La ley también contempla el uso de estos adhesivos en otras partes del vehículo. Si estas se ponen en el tanque, o si cubre el color original inscrito en el documento oficial que lo identifica, la falta es considerada como B7, y tiene que ver con “no informar a la autoridad de tránsito competente el cambio de motor o color de un vehículo”.

Si lo llegan a detener las autoridades de tránsito y tiene calcomanías sobre su moto, recuerde que el Ministerio de Transporte dejó en claro que estas se pueden retirar del vehículo. En este caso, el agente solo podrá imponer el comparendo, pero no tendrá el derecho a inmovilizar la moto.

Es cada vez más recurrente el uso de vehículos con estos adhesivos en el país. | Foto: Esteban Vega La-Rotta

Caso contrario es si la calcomanía es permanente y, tal como lo advierte la ley, altera los colores predominantes del vehículo. En esta circunstancia la autoridad sí estaría facultada para, además de sancionarlo como dueño, inmovilizar la moto, lo cual suele redundar en más costos, relacionados con la grúa y los patios por los días en los que el vehículo esté en manos de las autoridades.

Siendo así, tenga presente que, pese a que no están prohibidas en Colombia, las calcomanías deben cumplir con ciertas condiciones, en caso de que no quiera ser multado, especialmente en tiempos en los que la atención de las secretarías de Movilidad está en este tipo de vehículos.