En las redes sociales se generaron varias reacciones de indignación por un video en el que una mujer agrede verbalmente a un repartidor de pizzas cuando este último le hacía la entrega de su pedido en vía pública de un sector residencial de Bogotá. El conflicto empezó por una supuesta demora de la entrega.

En un tono aparentemente clasista, la mujer le dice que es doctora y que él no olvidaría ese día, pidiéndole a la vez que se retirara del sector. Cuando la situación se puso más tensa, la mujer comienza a darle patadas a la motocicleta del domiciliario.

Frente a este contexto, se difundió un video en redes sociales en el que aparece un joven hombre que asegura ser el domiciliario víctima de estos hechos. Allí, explica las razones por las que ejerce dicho oficio, pese a estar estudiando un programa de pregrado.

Esta es la misma mujer que protagonizó el hecho con el domiciliario de la pizza. | Foto: API

“Actualmente desempeño labores como repartidor ya que me facilita pagarme mis estudios, estoy estudiando licenciatura en diseño tecnológico y voy en décimo semestre, lo que quiere decir es que en menos de un año seré un futuro educador”, expresó el joven.

Asimismo, compartió algunos detalles sobre la incómoda experiencia con aquella mujer en el norte de Bogotá.

“Yo llegué al domicilio, hice la llamada, la saludé, normal, pero me sentí muy raro, empecé a recibir insultos por parte de ella sin yo haber hecho nada, me dejó descolocado”, relató.

Y aseguró que inicialmente pensó que los insultos podrían ser una broma, pero jamás se imaginó que pasaría a mayores.

“Cuando empezó a insultarme pensé que era una broma, ella me trató súper mal, hubo muchas veces entre tantos insultos que me congelé y pensé en irme varias veces y no entendí por qué quería correrme en una vía pública. Nosotros, al ser repartidores con moto, no podemos entrar a ningún lugar y no las puedo dejar por fuera porque nos exponemos nosotros”.

Aunque el joven no compartió más detalles, existe la posibilidad de que emprenda acciones legales contra la mujer, ya que este comportamiento podría relacionarse con lo estipulado en el Artículo 2 de la Ley 1010 de 2006, que hace referencia al trato diferenciado y violencia que puede recibir un trabajador por razones de origen familiar, situación social o laboral.

“Toda expresión verbal injuriosa o ultrajante que lesione la integridad moral o los derechos a la intimidad y al buen nombre o todo comportamiento tendiente a menoscabar la autoestima y la dignidad de quien participe en una relación de trabajo de tipo laboral”, se lee en la ley antes citada.